Servicios comerciales prestados en los aeropuertos, no deben quedar exentos del pago de contribuciones: Congreso
El Poder Legislativo Estatal, envió al Congreso de la
Unión una iniciativa con la intención de reformar la Ley de Aeropuertos,
a efecto de que los servicios comerciales prestados en los aeropuertos,
no queden exentos del pago de sus contribuciones.
La
diputada Joceline Vega Vargas, en voz de la Comisión de Programación,
Presupuesto y Hacienda Pública, dijo que la propia Ley de Aeropuertos
distingue entre los servicios aeroportuarios esenciales, los servicios
complementarios y los servicios comerciales. En particular, el artículo
48, fracción III, establece que los servicios comerciales consisten en
la venta de productos y servicios a los usuarios del aeródromo civil y
que éstos “no son esenciales para la operación del mismo, ni de las
aeronaves”.
“Esta
diferenciación normativa permite concluir que los espacios destinados a
actividades comerciales no forman parte estricta del objeto público
protegido por el régimen de exención constitucional, sino que
constituyen aprovechamientos privados de bienes públicos con finalidad
lucrativa”, señaló.
Dijo
también que, la iniciativa atiende además a los principios de
proporcionalidad y equidad tributaria previstos en el artículo 31,
fracción IV, de la Constitución Federal, pues busca evitar un
tratamiento preferencial injustificado en favor de particulares que
desarrollan actividades comerciales dentro de inmuebles federales
concesionados, colocándolos en una situación de ventaja frente a otros
contribuyentes que sí cumplen con el pago de contribuciones municipales
por actividades idénticas realizadas fuera de los aeropuertos.
Por
último, comentó que la reforma propuesta no vulnera el régimen jurídico
de los bienes del dominio público federal ni afecta la prestación del
servicio público aeroportuario, dado que la obligación contributiva se
circunscribe exclusivamente a las áreas destinadas a actividades
comerciales privadas ajenas a la función aeroportuaria.

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