-La trabajadora conservará sus derechos de antigüedad y
su reinstalación al concluir el período de internamiento, siempre que
éste no exceda de seis meses._
El
Congreso del Estado envío al Congreso de la Unión, una iniciativa de
Decreto para reformar la Ley Federal del Trabajo, en aras de proteger
las fuentes de trabajo de las mujeres víctimas de violencia, que se vean
en la necesidad de resguardarse en refugios de protección.
La
iniciativa presentada por la diputada Irlanda Márquez Nolasco (PT),
revela que la ausencia de una figura como la suspensión de los efectos
de la relación de trabajo en caso de violencia contra las mujeres deja a
las víctimas sin una protección clara: pueden ser sancionadas o
despedidas por ausencias justificadas por su situación de violencia, o
verse obligadas a renunciar ante la imposibilidad de conciliar su
seguridad personal con sus obligaciones laborales.
La
diputada Nancy Frías quien dio lectura al documento en representación
de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, dijo que actualmente,
muchas mujeres en esta situación enfrentan el dilema de conservar su
empleo o atender las consecuencias de la violencia (denunciar al
agresor, obtener medidas de protección, recibir atención médica o
psicológica, reubicar a su familia, etcétera). Lo que agrava su
vulnerabilidad y perpetúa el círculo de la violencia.
De
ahí, que, señaló, la situación actual representa tanto un vacío legal y
de política pública que esta adición a la ley pretende subsanar,
garantizando estabilidad laboral y respaldo institucional a las mujeres
trabajadoras víctimas de violencia de género.
Así
mismo, recordó que la violencia contra las mujeres en México es algo
que se presenta todos los días, en diferentes ámbitos y a diferentes
escalas, pero sin duda, una de las situaciones más recurrentes es
aquella en donde la mujer es víctima de violencia física y para poder
sentirse a salvo debe ingresar a un refugio de protección para mujeres
víctimas de violencia.
Sin
embargo, comentó, al ingresar a estos refugios las mujeres deben dejar
varias cosas de lado, una de ellas es su trabajo, lo cual no quiere
decir que sea por irresponsabilidad, pero es algo necesario, es por eso
que estas adiciones a la Ley Federal del Trabajo son adecuadas y justas
para los casos en los que se necesite, de esta manera las mujeres
víctimas de violencia podrán estar en estos refugios el tiempo adecuado a
su caso sin dejar de tener un salario, conservando sus derechos de
antigüedad y con la posibilidad de reinstalarse al concluir el periodo
de internamiento.
Para lo
antes expresado, la reforma planteada contempla la modificación del
artículo 42, fracciones VIII, y IX; y adicionar a los artículos 42, la
fracción X; y 43, la fracción IV; todos de la Ley Federal del Trabajo,
que también precisa que, durante dicha suspensión, la trabajadora
conservará sus derechos de antigüedad y su reinstalación al concluir el
período de internamiento, siempre que éste no exceda de seis meses,
salvo que una autoridad competente determine un plazo mayor.

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