A través de una
reforma a la Ley Estatal de Educación, el Diputado Antonio Andreu Rodríguez,
propuso este día al Congreso del Estado, el fomentode actitudes que estimulen
la investigación y la innovación científicas y tecnológicas, con especial
énfasis en su compresión, aplicación, así como el uso
responsable y moderado de las nuevas tecnologías y las redes sociales.
Así como que la
educación tecnológica deberá estar encaminada siempre hacia el conocimiento y
el desarrollo del individuo, por lo que deberá incluir esquemas que formen al
estudiantado en su uso responsable y moderado, con base en los lineamientos generales
que emita la Autoridad Educativa Federal.
Con dicha propuesta
señaló el legislador, se pretende abonar a la formación de personas responsables de sus actos, la cual es
una tarea prioritaria para todas las autoridades educativas.
Según el legislador,
la incorporación de las redes sociales, especialmente a la cotidianeidad de las
y los jóvenes, ha implicado un indiscriminado y hasta ahora, descuidado acceso
a la construcción de relaciones ficticias y peligrosas, ya que no es posible
verificar, por parte de quien lee perfiles, publicaciones y textos, que quien
se ostenta como propietaria o propietario de dicho perfil, en realidad lo sea.
Lo anterior, dijo
el Congresista, da pie a falsos perfiles, donde se encuentran depredadores que
hacen blanco de sus más perversos propósitos a las personas más vulnerables.
De ahí, señaló, la responsabilidad
del Estado para el diseño de políticas públicas acordes a tales realidades,
para prevenir las lamentables y, en ocasiones, hasta letales consecuencias de
no vigilar el uso y aplicación de tales dispositivos por parte de niños, niñas
y adolescentes.
“En este sentido,
el Poder Legislativo tiene una responsabilidad primordial en la definición de
una legislación que incorpore estos temas en el área correspondiente que, sin
lugar a dudas, debe ser el de la educación, que es en donde se pueden tomar
acciones preventivas y de cuidado de los niños, niñas y adolescentes”, explicó
Andreu Rodríguez.
Ahora bien la
propuesta del legislador consiste en:
Adicionar una fracción
XXIII al artículo 8 y se agrega un segundo párrafo al artículo 64 de la Ley
Estatal de Educación.
HONORABLE
DIPUTACIÓN PERMANENTE
DEL
CONGRESO DEL ESTADO
P R
E S E N T E.-
El suscrito, DIPUTADO ANTONIO ANDREU RODRÍGUEZ,
integrante de la Sexagésima Cuarta Legislatura, con fundamento en lo
establecido por el artículo 68 fracción I de la Constitución Política del
Estado, así como los numerales 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo, respetuosamente acudo ante esta Tribuna a someter a consideración
de esta Asamblea Iniciativa con carácter
de Decreto a fin de adicionar una fracción XXIII al artículo 8 y agregar un
segundo párrafo al artículo 64, ambos de la Ley Estatal de Educación del Estado de Chihuahua, fundándome
para ello en la siguiente:
EXPOSICION
DE MOTIVOS
Como
antecedente más próximo a esta Iniciativa que ahora presento, debo comentar que
apenas al inicio del más reciente ciclo escolar, presenté un exhorto en la
materia que me pronuncio ahora: el uso responsable de las redes sociales como
parte de los ejes de la educación básica en nuestra entidad. Ahora bien, por la
relevancia del tema, me parece que debemos pasar de un exhorto a legislarlo
para que sea parte del quehacer de las autoridades y programas educativos en
nuestro Estad, por lo que me permito ahora poner a su consideración la presente
Iniciativa.
La
sociedad actual está caracterizada por la vertiginosidad de sus innovaciones. Estos
procesos de cambio implican relaciones sociales, económicas y políticas cada
vez más complejas y, por la velocidad a la que ocurren, el individuo cuenta con
un menor lapso para procesarlas y adaptarse a las nuevas realidades, lo que
impacta a la sociedad en su conjunto.
Estos
cambios se han potenciado por el uso de las nuevas tecnologías que, en apenas
unos cuantos años, han revolucionado las formas de comunicación, estableciendo
mecanismos inmediatos, fluidos y permanentes de intercambio de datos e
información.
En
este vertiginoso proceso, dos han sido los aspectos que más seriamente se han
visto tocados: la velocidad a la que se actualizan las nuevas tecnologías, y la
forma en que se ha visto invadida la vida privada de las personas.
La
incorporación de las redes sociales, especialmente a la cotidianeidad de los y
las jóvenes, ha implicado un indiscriminado y hasta ahora, descuidado acceso a
la construcción de relaciones ficticias y peligrosas, ya que no es posible
verificar, por parte de quien lee perfiles, publicaciones y textos, que quien
se ostenta como propietaria o propietario de dicho perfil, en realidad lo sea. Es
así que detrás de falsos perfiles, se encuentran depredadores que hacen blanco
de sus más perversos propósitos a las personas más vulnerables.
El
anonimato que ofrecen las computadoras facilita el engaño y la manipulación
que, en el caso de niños, niñas y adolescentes, se potencializa por la
inmadurez propia de la edad.
De
ahí que sea responsabilidad del Estado el diseño de políticas públicas acordes
a tales realidades, para prevenir las lamentables y, en ocasiones, hasta
letales consecuencias de no vigilar el uso y aplicación de tales dispositivos
por parte de niños, niñas y adolescentes.
En
este sentido, el Poder Legislativo tiene una responsabilidad primordial en la
definición de una legislación que incorpore estos temas en el área
correspondiente que, sin lugar a dudas, debe ser el de la educación, que es en
donde se pueden tomar acciones preventivas y de cuidado de los niños, niñas y
adolecentes.
Así,
el Poder Legislativo Federal ya dio un primer y sustancial paso hacia una
regulación en la materia, al haber reformado la Ley General de Educación, reforma
publicada del 19 de diciembre del 2014.
Ésta
reforma tuvo por objeto legislar específicamente en cuanto al uso responsable
de las nuevas tecnologías, así como del uso responsable de la información para
apoyar el aprendizaje de los y las estudiantes.
Es
así que por la relevancia e implicaciones del tema del uso de las tecnologías y
las redes sociales, es importante homologar la legislación educativa estatal
con la federal, en el sentido de que en el CAPÍTULO IV Sección VIII, denominado
en la Ley Estatal de Educación, “DE
LA EDUCACIÓN TECNOLÓGICA”, se establezca claramente la pertinencia de
que la autoridad correspondiente lleve a cabo las acciones necesarias para
promover el uso responsable y seguro de éstas nuevas tecnologías, ya que el
contenido del Capítulo en mención, establece los lineamientos necesarios para
promover que en la educación se utilicen las nuevas tecnologías, más no contiene
definiciones en cuanto al USO RESPONSABLE Y SEGURO de éstas herramientas por
parte del alumnado que, sin la debida vigilancia y el correcto aprendizaje para
su utilización responsable, puede convertirse –y de hecho se convierte- en un
arma de doble filo que coloca en total estado de vulnerabilidad a la niñez y la
juventud chihuahuense, la que con lamentable frecuencia se ve involucrada en
manipulaciones y engaños a través de las redes sociales, que les colocan en
grave riesgo de ser víctimas de un delito.
Por
otra parte, es alarmante el acelerado aumento de casos en que los y las niñas y
adolescentes utilizan las redes sociales y el internet para hacer objeto de sus
burlas a otros compañeros y compañeras, sin medir las consecuencias emocionales
que para las víctimas acarrean tales prácticas. El llamado sexting se ha popularizado y es cada vez más frecuente conocer
casos de jóvenes expuestos en su intimidad en las redes sociales. Es el caso de
la joven que recientemente fue captada presuntamente por otros jóvenes
universitarios en uno de los parques de la Universidad Autónoma de Chihuahua, y
cuya exhibición pública constituye una severa violación a sus derechos.
Los
y las niñas y jóvenes deben saber desde temprana edad que no tienen derecho a
exhibir a nadie con el objeto de hacer escarnio; deben saber que tener en sus
manos un aparato tecnológico y acceso a las redes sociales y el internet
implica una enorme responsabilidad y que no deben ni pueden usarlos a la
ligera. Deben asimismo saber que éstas nuevas tecnologías son sólo herramientas
para el progreso y que no deben ni pueden apoderarse de sus vidas.
Al
respecto destacan los datos que arroja EL DIAGNOSTICO DE LA SITUACION DE LA
TRATA DE PERSONAS EN MÉXICO 2013, elaborado por la COMISION NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS. Señala el documento:
“Es alarmante constatar que un
porcentaje significativo de los usuarios de internet son niños, niñas y
adolescentes, los cuales, dada esta condición, se encuentran más expuestos a
ser victimizados; así, 62 % de la audiencia de internet en Latinoamérica tiene
entre 15 y 35 años de edad. En México, 60 % de los usuarios es menor de 24
años, y el porcentaje de usuarios entre 6 y 17 años de edad es de 37 %. En
2010, el número total de usuarios de internet alcanzó los 34.9 millones.
De los usuarios, 61 % utiliza internet para
acceder a redes sociales, actividad que ocupa el cuarto lugar en importancia.
Asimismo, 14 % de éstos emplea internet para encuentros online y búsqueda de
pareja, y 34 % lo usa para relacionarse con personas desconocidas. El tiempo
promedio de conexión de los usuarios es de 3 horas con 32 minutos.”
Por
otra parte, el titular del Centro de Atención y Prevención Psicológica en
Chihuahua (CAPPSI), Enedino Sáenz Acosta, ha señalado que el temprano acceso a
las nuevas tecnologías, así como la dependencia a las redes sociales, genera en
los niños, niñas y adolescentes los principios de lo que puede desencadenar una
adicción a los juegos de azar y apuestas, conocida como ludopatía, ya que la
adicción que generan las redes sociales y la telefonía puede compararse a la
dependencia con cualquier otra droga.
Estos
alarmantes datos nos obligan a tomar las medidas más pertinentes para regular
el mejor y adecuado uso de las redes sociales y la tecnología, especialmente
dirigidas a los niños, niñas y adolescentes, haciendo hincapié en que el
sistema educativo debe tomar acciones concretas para educar en la materia,
haciendo saber a todo el universo de educandos, de todos los niveles
educativos, los riesgos a que se encuentran expuestos pero, no sólo eso, sino
también la responsabilidad que les acarrea el uso de las nuevas tecnologías.
Formar
personas responsables de sus actos debe ser una tarea prioritaria para todas
las autoridades educativas y, hacia ese propósito, pretende abonar la presente
propuesta.
Es
por lo anterior expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57
y 58 de la Constitución Política del Estado, que me permito poner a
consideración de este Pleno el siguiente proyecto de:
DECRETO
ARTÍCULO UNICO.- Se
adiciona una fracción XXIII al artículo 8 y se agrega un segundo párrafo al
artículo 64 de la Ley Estatal de Educación para quedar redactado como sigue:
ARTÍCULO
8. La
educación que impartan el Estado, los municipios, los organismos
descentralizados y los particulares con autorización o reconocimiento de
validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el
segundo párrafo del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, los siguientes:
I a XXII…
XXIII. Fomentar actitudes que estimulen la
investigación y la innovación científicas y tecnológicas, con especial énfasis
en su compresión, aplicación, así como el uso responsable y moderado de las
nuevas tecnologías y las redes sociales.
ARTÍCULO 64. La
educación tecnológica se impartirá en los distintos tipos, niveles y
modalidades del Sistema Educativo Estatal, conforme a los planes y programas
expedidos por la Secretaría de Educación
Pública y por los autorizados con reconocimientos de validez oficial.
La educación tecnológica deberá estar
encaminada siempre hacia el conocimiento y el desarrollo del individuo, por lo
que deberá incluir esquemas que formen al estudiantado en su uso responsable y
moderado, con base en los lineamientos generales que emita la Autoridad
Educativa Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El
presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado de Chihuahua.
ECONOMICO.-
Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría correspondiente para que elabore la
minuta de Decreto en los términos que deba publicarse.
Dado en la Sala Morelos del
Poder Legislativo, el diecinueve de noviembre del 2015
ATENTAMENTE
DIP.
ANTONIO ANDREU RODRÍGUEZ
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