Con el objetivo de
contar con un órgano especializado en contribuir, a través de la perspectiva de
familia y de los valores universales, a la comprensión de las diferentes
situaciones de carácter social, el Diputado Eloy García Tarín, propuso al
Congreso del Estado, reformar la Ley de Asistencia Social Pública y Privada
para el Estado de Chihuahua, para crear el Centro Estatal de Fortalecimiento de
la Familia Chihuahuense.
Dicha reforma,
explicó el Legislador, consiste en reformar los artículos 25 y 29; adicionar el
artículo 47 bis en un nuevo Capítulo VIII, denominado Centro Estatal de
Fortalecimiento de la Familia Chihuahuense, recorriéndose el número de los
capítulos restantes del ordenamiento mencionado.
En ese sentido,
García Tarín, señaló que la familia es la primera institución en la educación
de las personas, en la cual se promueve la práctica de valores humanos, entre
ellos, los valores democráticos y éticos, al grado de ser considerada como la
institución más importante que tiene la humanidad para el desenvolvimiento de
la vida comunitaria y para la socialización del ser humano, ambos medios que
tienen como fin la sana convivencia social.
Además, dijo, “Una
buena relación familiar es también la clave más duradera y fuerte para el
desarrollo humano, pues es en la familia donde aprendemos a ser responsables, a
escuchar, a participar, a ponernos de acuerdo, a resolver nuestras diferencias,
a respetarnos, a vivir en armonía, a divertirnos y a relacionarnos como
personas”.
Por otro lado,
mencionó que existen una gama muy amplia de factores que amenazan a la familia,
como la violencia familiar, el divorcio, la drogadicción, la desnutrición, el
desempleo, la deserción escolar, el trabajo infantil o la explotación sexual
comercial infantil; donde todos ellos se convierten también en consecuencias de
la desintegración familiar.
“Según datos del
INEGI: en Chihuahua el 68.8 por ciento de las mujeres de 15 años y más ha
sufrido violencia, mientras que el promedio nacional es del 62.8%, en este
rubro, somos desafortunadamente el Estado con más violencia hacia mujeres de
entre 30 a 39 años con un 80.6 por ciento durante el 2011; de cada 100
matrimonios se divorcian 35, el porcentaje es superior al del promedio nacional
en 10 puntos; el 4.78% de la población económicamente activa está desempleada,
porcentaje también superior al promedio nacional”, agregó el Congresista.
Finalmente, preciso
que la verdadera solución de fondo a la problemática descrita está precisamente
en la implementación de políticas públicas tendientes al fortalecimiento del
tejido social y familiar: más y mejor educación, cultura, deporte,
participación ciudadana, prevención de la drogadicción, actividades para los
jóvenes y desarrollo personal. Todas estas acciones, complementadas con la
transmisión de valores, conforman en su conjunto, la única gran estrategia que
nos ofrece una verdadera “visión de Estado”, de ahí la intención de la reforma
descrita.
El suscrito Eloy García Tarín en mi carácter de Diputado a la
Sexagésima Cuarta Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional, acudo ante esta Honorable Representación Popular,
en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 64, fracciones I y II;
68, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 97 y 98 de
la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, a efecto de presentar
Iniciativa con carácter de Decreto a fin de reformar y adicionar
diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social Pública y Privada para el
Estado de Chihuahua, en materia de
fortalecimiento familiar. Lo anterior, sustentando al tenor de la
siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La familia es la primera institución en la
educación de las personas, en ella se promueve la práctica de valores humanos,
entre ellos, los valores democráticos y éticos. Se le ha considerado como la
institución más importante que tiene la humanidad para el desenvolvimiento de
la vida comunitaria y para la socialización del ser humano, ambos medios que tienen
como fin la sana convivencia social.
Una buena relación familiar es también la clave más
duradera y fuerte para el desarrollo humano. Es en la familia donde aprendemos
a ser responsables, a escuchar, a participar, a ponernos de acuerdo, a resolver
nuestras diferencias, a respetarnos, a vivir en armonía, a divertirnos y a
relacionarnos como personas.
Ahora bien, existen una gama muy amplia de
factores que amenazan a la familia, como la violencia familiar, el divorcio, la
drogadicción, la desnutrición, el desempleo, la deserción escolar, el trabajo
infantil o la explotación sexual comercial infantil; todos ellos se convierten
también en consecuencias de la desintegración familiar.
Según
datos del INEGI: en Chihuahua el 68.8 por ciento de las mujeres de 15 años y
más han sufrido violencia, mientras que el promedio nacional es del 62.8%, en
este rubro, somos desafortunadamente el Estado con más violencia hacia mujeres
de entre 30 a 39 años con un 80.6 por ciento durante el 2011; de cada 100
matrimonios se divorcian 35, el porcentaje es superior al del promedio nacional
en 10 puntos; el 4.78% de la población económicamente activa está desempleada,
porcentaje también superior al promedio nacional.
La verdadera solución de fondo a la problemática descrita está precisamente en la implementación de políticas públicas tendientes al fortalecimiento del tejido social y familiar: más y mejor educación, cultura, deporte, participación ciudadana, prevención de la drogadicción, actividades para los jóvenes y desarrollo personal. Todas estas acciones, complementadas con la transmisión de valores, conforman en su conjunto, la única gran estrategia que nos ofrece una verdadera “visión de Estado”.
En
el sentido de buscar la integración, el desarrollo, la protección y la asistencia
familiar se pronuncia ya el legislador estatal y nacional así como diversos
tratados internacionales signados por nuestro país:
A.
La Constitución Federal establece en su artículo tercero que todo
individuo tiene derecho a recibir educación, la cual contribuirá a la mejor
convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad
cultural, la dignidad de la persona y la
integridad de la familia.
B.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece
en su Artículo 16 que “La familia es el
elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección
de la sociedad y del Estado.”, en esos mismos términos se pronuncian el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana
sobre Derechos Humanos; por otra parte, El Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 10 establece que “Se debe conceder a la familia, que es el
elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y
asistencia posibles…”.
- La
Constitución Política de nuestro Estado establece que la educación contribuirá a
la mejor
convivencia humana, a fin de robustecer en el educando, junto con
el aprecio para la dignidad de la persona, la integridad de la familia.
D.
La Ley de Asistencia Social
Pública y Privada del Estado de Chihuahua reconoce
a la familia como núcleo fundamental para el desarrollo armónico de la sociedad,
establece además que una de las acciones en materia de asistencia social es
la de promover la integración familiar.
- En
numerosos países latinoamericanos entre los que se encuentran Perú,
Argentina y Colombia, existen leyes
nacionales de Fortalecimiento de la Familia las cuales tienen como
objetivo promover y fortalecer el desarrollo de la misma como fundamento
de la sociedad y como espacio fundamental para el desarrollo integral del
ser humano, basándose en el respeto de los derechos fundamentales y las
relaciones equitativas entre sus miembros, velando especialmente por
aquellas familias que se encuentran en situación de extrema pobreza o riesgo social.
Estas leyes generales promueven, entre otra cosas, la celebración,
de convenios de los gobiernos con Instituciones públicas o privadas para
brindar consejería familiar, crear escuelas para padres en instituciones
públicas y privadas, la educación y práctica de principios y valores familiares
a través de materiales educativos y alientan el compromiso de los medios de
comunicación, la capacitación a fiscales, jueces, médicos, maestros, policías,
personal de salud y funcionarios municipales en temas de fortalecimiento
familiar y promueven estudios e investigaciones sobre la situación de la
familia.
En base a lo
anterior, se considera que el “fortalecimiento” es una herramienta para lograr
la “integración”, es decir, hay una relación de medio a fin… la integración de
la familia no puede entenderse sin el fortalecimiento de la misma.
Habrá que hacer
entonces una adecuación legal para dotar al Organismo rector de la asistencia
social en el Estado del marco jurídico idóneo que le permita mejorar, con
herramientas operativas y presupuesto, sus políticas públicas en torno a este
aspecto fundamental, entendiendo el “fortalecimiento familiar” como un modelo
para el desarrollo de habilidades con el fin de estrechar los lazos familiares
y que la familia esté en condiciones de enfrentar situaciones de riesgo a
través de una serie de acciones integrales.
Otra razón que
justifica la reforma es la necesidad de evitar el asistencialismo y buscar el
autodesarrollo; esa es precisamente la pretensión al incorporar la perspectiva
del fortalecimiento familiar como una alta prioridad para el Estado.
En este sentido, se propone pues modificar el
artículo 25 de la Ley de Asistencia Social Pública y Privada para el Estado de
Chihuahua para que el DIF Estatal tenga la atribución de fomentar hábitos de
conducta tendientes al desarrollo de habilidades para la integración y el
fortalecimiento familiar.
Es de destacarse que el DIF Estatal realiza
actualmente diversas acciones para desarrollar habilidades en las familias
chihuahuenses que mejoran su calidad de vida así como nutridas actividades
educativas y de formación personal de niños jóvenes y adultos, por lo que la
presente iniciativa propone incorporar, en la estructura orgánica de esta
instancia, una dependencia especializada que sistematice los importantes
esfuerzos que actualmente se realizan y que trabaje de la mano con los DIF
municipales en esta importante tarea.
Esa instancia se denominará Centro Estatal de Fortalecimiento de
la Familia Chihuahuense y se encargará,
entre otras cosas, de elaborar la Estrategia General para el Fortalecimiento
Familiar así como el Manual Operativo, promover la formación de promotores, alentar
la prevención de riesgos psicosociales, realizar estudios de investigación y
estadística que permitan medir el comportamiento de la situación de las familias
chihuahuenses; el Centro deberá propiciar la coordinación interinstitucional
entre los tres niveles de gobierno, especialmente con los DIF
Municipales a fin de que estos creen instancias análogas al Centro Estatal que
atiendan la política pública municipal en la materia.
La coordinación interinstitucional está más que
justificada pues diversas dependencias del Gobierno del Estado ya ejecutan
acciones concretas en este sentido, el ejemplo más claro está en el programa de
Escuela para Padres que realiza institucionalmente la Secretaría de Educación,
Cultura y Deporte del Gobierno del Estado, debe ser entonces el órgano base en
materia de familia y promoción de valores, el que busque la coordinación de
esfuerzos y la homologación de criterios a fin de mejorar la focalización y los
contenidos de los diversos programas educativos dirigidos a la familia y
prestar así un mejor servicio a la comunidad.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo
del Estado de Chihuahua, me permito someter a la consideración del Pleno el
presente proyecto de:
DECRETO
Único. Se reforman los artículos 25 y 29; se adiciona
el artículo 47 bis en un nuevo Capítulo VIII, denominado Centro Estatal de
Fortalecimiento de la Familia Chihuahuense, recorriéndose el número de los capítulos
restantes, todos de la Ley de Asistencia Social Pública y Privada para el
Estado de Chihuahua, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 25. Para el cumplimiento de su objeto,
el organismo tendrá las siguientes atribuciones:
Del I al X…
XI. Fomentar hábitos de conducta tendientes al
desarrollo de habilidades para, la integración y el fortalecimiento familiar;
Del XII al XXVII…
Artículo 29. El organismo contará con la siguiente estructura orgánica:
I. Junta de Gobierno;
II. Dirección General;
III. Órgano de Vigilancia, y
IV. Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social.
V. Centro Estatal de
Fortalecimiento de la Familia Chihuahuense
CAPÍTULO VIII
DEL CENTRO ESTATAL DE
FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA CHIHUAHUENSE
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