Propone Dip. Eloy García, crear el Centro Estatal de Fortalecimiento de la Familia Chihuahuense


Con el objetivo de contar con un órgano especializado en contribuir, a través de la perspectiva de familia y de los valores universales, a la comprensión de las diferentes situaciones de carácter social, el Diputado Eloy García Tarín, propuso al Congreso del Estado, reformar la Ley de Asistencia Social Pública y Privada para el Estado de Chihuahua, para crear el Centro Estatal de Fortalecimiento de la Familia Chihuahuense.

Dicha reforma, explicó el Legislador, consiste en reformar los artículos 25 y 29; adicionar el artículo 47 bis en un nuevo Capítulo VIII, denominado Centro Estatal de Fortalecimiento de la Familia Chihuahuense, recorriéndose el número de los capítulos restantes del ordenamiento mencionado.

En ese sentido, García Tarín, señaló que la familia es la primera institución en la educación de las personas, en la cual se promueve la práctica de valores humanos, entre ellos, los valores democráticos y éticos, al grado de ser considerada como la institución más importante que tiene la humanidad para el desenvolvimiento de la vida comunitaria y para la socialización del ser humano, ambos medios que tienen como fin la sana convivencia social.

Además, dijo, “Una buena relación familiar es también la clave más duradera y fuerte para el desarrollo humano, pues es en la familia donde aprendemos a ser responsables, a escuchar, a participar, a ponernos de acuerdo, a resolver nuestras diferencias, a respetarnos, a vivir en armonía, a divertirnos y a relacionarnos como personas”.

Por otro lado, mencionó que existen una gama muy amplia de factores que amenazan a la familia, como la violencia familiar, el divorcio, la drogadicción, la desnutrición, el desempleo, la deserción escolar, el trabajo infantil o la explotación sexual comercial infantil; donde todos ellos se convierten también en consecuencias de la desintegración familiar.
“Según datos del INEGI: en Chihuahua el 68.8 por ciento de las mujeres de 15 años y más ha sufrido violencia, mientras que el promedio nacional es del 62.8%, en este rubro, somos desafortunadamente el Estado con más violencia hacia mujeres de entre 30 a 39 años con un 80.6 por ciento durante el 2011; de cada 100 matrimonios se divorcian 35, el porcentaje es superior al del promedio nacional en 10 puntos; el 4.78% de la población económicamente activa está desempleada, porcentaje también superior al promedio nacional”, agregó el Congresista.


Finalmente, preciso que la verdadera solución de fondo a la problemática descrita está precisamente en la implementación de políticas públicas tendientes al fortalecimiento del tejido social y familiar: más y mejor educación, cultura, deporte, participación ciudadana, prevención de la drogadicción, actividades para los jóvenes y desarrollo personal. Todas estas acciones, complementadas con la transmisión de valores, conforman en su conjunto, la única gran estrategia que nos ofrece una verdadera “visión de Estado”, de ahí la intención de la reforma descrita.

El suscrito Eloy García Tarín en mi carácter de Diputado a la Sexagésima Cuarta Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, acudo ante esta Honorable Representación Popular, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 64, fracciones I y II; 68, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, a efecto de presentar Iniciativa con carácter de Decreto a fin de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social Pública y Privada para el Estado de Chihuahua, en materia de fortalecimiento familiar. Lo anterior, sustentando al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La familia es la primera institución en la educación de las personas, en ella se promueve la práctica de valores humanos, entre ellos, los valores democráticos y éticos. Se le ha considerado como la institución más importante que tiene la humanidad para el desenvolvimiento de la vida comunitaria y para la socialización del ser humano, ambos medios que tienen como fin la sana convivencia social.

Una buena relación familiar es también la clave más duradera y fuerte para el desarrollo humano. Es en la familia donde aprendemos a ser responsables, a escuchar, a participar, a ponernos de acuerdo, a resolver nuestras diferencias, a respetarnos, a vivir en armonía, a divertirnos y a relacionarnos como personas.

Ahora bien, existen una gama muy amplia de factores que amenazan a la familia, como la violencia familiar, el divorcio, la drogadicción, la desnutrición, el desempleo, la deserción escolar, el trabajo infantil o la explotación sexual comercial infantil; todos ellos se convierten también en consecuencias de la desintegración familiar.
Según datos del INEGI: en Chihuahua el 68.8 por ciento de las mujeres de 15 años y más han sufrido violencia, mientras que el promedio nacional es del 62.8%, en este rubro, somos desafortunadamente el Estado con más violencia hacia mujeres de entre 30 a 39 años con un 80.6 por ciento durante el 2011; de cada 100 matrimonios se divorcian 35, el porcentaje es superior al del promedio nacional en 10 puntos; el 4.78% de la población económicamente activa está desempleada, porcentaje también superior al promedio nacional.

La verdadera solución de fondo a la problemática descrita está precisamente en la implementación de políticas públicas tendientes al fortalecimiento del tejido social y familiar: más y mejor educación, cultura, deporte, participación ciudadana, prevención de la drogadicción, actividades para los jóvenes y desarrollo personal. Todas estas acciones, complementadas con la transmisión de valores, conforman en su conjunto, la única gran estrategia que nos ofrece una verdadera “visión de Estado”.

En el sentido de buscar la integración, el desarrollo, la protección y la asistencia familiar se pronuncia ya el legislador estatal y nacional así como diversos tratados internacionales signados por nuestro país:

A.   La Constitución Federal establece en su artículo tercero que todo individuo tiene derecho a recibir educación, la cual contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona y  la integridad de la familia.

B.   La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su Artículo 16 que “La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.”, en esos mismos términos se pronuncian el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos; por otra parte, El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 10 establece que “Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles…”.

  1. La Constitución Política de nuestro Estado  establece que la educación contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona, la integridad de la familia.

D.   La Ley de Asistencia Social Pública y Privada del Estado de Chihuahua reconoce a la familia como núcleo fundamental para el desarrollo armónico de la sociedad, establece además que una de las acciones en materia de asistencia social es la de promover la integración familiar.

  1. En numerosos países latinoamericanos entre los que se encuentran Perú, Argentina y Colombia,  existen leyes nacionales de Fortalecimiento de la Familia las cuales tienen como objetivo promover y fortalecer el desarrollo de la misma como fundamento de la sociedad y como espacio fundamental para el desarrollo integral del ser humano, basándose en el respeto de los derechos fundamentales y las relaciones equitativas entre sus miembros, velando especialmente por aquellas familias que se encuentran en situación de extrema pobreza  o riesgo social.

Estas leyes generales promueven, entre otra cosas, la celebración, de convenios de los gobiernos con Instituciones públicas o privadas para brindar consejería familiar, crear escuelas para padres en instituciones públicas y privadas, la educación y práctica de principios y valores familiares a través de materiales educativos y alientan el compromiso de los medios de comunicación, la capacitación a fiscales, jueces, médicos, maestros, policías, personal de salud y funcionarios municipales en temas de fortalecimiento familiar y promueven estudios e investigaciones sobre la situación de la familia.
En base a lo anterior, se considera que el “fortalecimiento” es una herramienta para lograr la “integración”, es decir, hay una relación de medio a fin… la integración de la familia no puede entenderse sin el fortalecimiento de la misma.
Habrá que hacer entonces una adecuación legal para dotar al Organismo rector de la asistencia social en el Estado del marco jurídico idóneo que le permita mejorar, con herramientas operativas y presupuesto, sus políticas públicas en torno a este aspecto fundamental, entendiendo el “fortalecimiento familiar” como un modelo para el desarrollo de habilidades con el fin de estrechar los lazos familiares y que la familia esté en condiciones de enfrentar situaciones de riesgo a través de una serie de acciones integrales.
Otra razón que justifica la reforma es la necesidad de evitar el asistencialismo y buscar el autodesarrollo; esa es precisamente la pretensión al incorporar la perspectiva del fortalecimiento familiar como una alta prioridad para el Estado.
En este sentido, se propone pues modificar el artículo 25 de la Ley de Asistencia Social Pública y Privada para el Estado de Chihuahua para que el DIF Estatal tenga la atribución de fomentar hábitos de conducta tendientes al desarrollo de habilidades para la integración y el fortalecimiento familiar.

Es de destacarse que el DIF Estatal realiza actualmente diversas acciones para desarrollar habilidades en las familias chihuahuenses que mejoran su calidad de vida así como nutridas actividades educativas y de formación personal de niños jóvenes y adultos, por lo que la presente iniciativa propone incorporar, en la estructura orgánica de esta instancia, una dependencia especializada que sistematice los importantes esfuerzos que actualmente se realizan y que trabaje de la mano con los DIF municipales en esta importante tarea.

Esa instancia se denominará Centro Estatal de Fortalecimiento de la Familia Chihuahuense  y se encargará, entre otras cosas, de elaborar la Estrategia General para el Fortalecimiento Familiar así como el Manual Operativo, promover la formación de promotores, alentar la prevención de riesgos psicosociales, realizar estudios de investigación y estadística que permitan medir el comportamiento de la situación de las familias chihuahuenses; el Centro deberá propiciar la coordinación interinstitucional entre los tres niveles de gobierno, especialmente con los DIF Municipales a fin de que estos creen instancias análogas al Centro Estatal que atiendan la política pública municipal en la materia.

La coordinación interinstitucional está más que justificada pues diversas dependencias del Gobierno del Estado ya ejecutan acciones concretas en este sentido, el ejemplo más claro está en el programa de Escuela para Padres que realiza institucionalmente la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno del Estado, debe ser entonces el órgano base en materia de familia y promoción de valores, el que busque la coordinación de esfuerzos y la homologación de criterios a fin de mejorar la focalización y los contenidos de los diversos programas educativos dirigidos a la familia y prestar así un mejor servicio a la comunidad.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, me permito someter a la consideración del Pleno el presente proyecto de:

DECRETO

Único. Se reforman los artículos 25 y 29; se adiciona el artículo 47 bis en un nuevo Capítulo VIII, denominado Centro Estatal de Fortalecimiento de la Familia Chihuahuense, recorriéndose el número de los capítulos restantes, todos de la Ley de Asistencia Social Pública y Privada para el Estado de Chihuahua, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 25. Para el cumplimiento de su objeto, el organismo tendrá las siguientes atribuciones:

Del I al X…

XI. Fomentar hábitos de conducta tendientes al desarrollo de habilidades para, la integración y el fortalecimiento familiar;

Del XII al XXVII…

Artículo 29. El organismo contará con la siguiente estructura orgánica:

I. Junta de Gobierno;

II. Dirección General;

III. Órgano de Vigilancia, y

IV. Procuraduría de Asistencia Jurídica y Social.

V. Centro Estatal de Fortalecimiento de la Familia Chihuahuense


CAPÍTULO VIII
DEL CENTRO ESTATAL DE FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA CHIHUAHUENSE

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