Las Comisiones Unidas
de Derechos Humanos y Juventud y Deporte, con fundamento en lo dispuesto por el
Artículo 53 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado, somete a la
consideración de este Alto Cuerpo Colegiado el presente dictamen, con base en
los siguientes
A N T E
C E D E N T E S
I.- A estas
Comisiones Unidas les fue turnada, para estudio y dictamen, Iniciativa de Decreto
presentada por los Diputados Rosemberg Loera Chaparro y Gustavo Martínez Aguirre,
por medio de la cual proponen el envío de un exhorto a la Secretaría de
Relaciones Exteriores, a fin de que turne el expediente relativo a la
Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes ante el Senado de la
República, para su correspondiente ratificación, así como al Gobierno Federal y
del Estado de Chihuahua para que establezcan el diseño de políticas públicas
que permitan promover, respetar, proteger y garantizar el derecho al trabajo
decente para las y los jóvenes de Chihuahua.
II.- La iniciativa
se sustenta bajo los argumentos que a continuación se detallan:
“Atendiendo la
recomendación de la Conferencia Mundial, la Organización de las Naciones Unidas
a través de su Asamblea General declaró el 12 de agosto de cada año, como el
Día Internacional de la Juventud en 1995, y aprobó el Programa de Acción
Mundial para los Jóvenes, que estableció un marco normativo y directrices para
la adopción de medidas nacionales y la prestación de apoyo internacional con
miras a mejorar la situación de este importante sector social, el cual
representa para todos los países, la enorme posibilidad de su propio
desarrollo, en la medida de que las políticas públicas que éstos diseñen,
permitan a la juventud participar activamente en los diversos ámbitos de la vida
nacional.
El Día
Internacional de la Juventud que recién transcurrió ayer martes, ha sido el
marco referencial para replantear la necesidad de atención que las y los
jóvenes requieren por parte de los diversos niveles de gobierno, y hoy, el
Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, hace un llamado respetuoso a las
Instituciones del Estado Mexicano para que atendamos nuestras obligaciones primarias
con quienes determinan a partir de su consolidación
como profesionistas, empresarios, o de su desarrollo
personal como campesinos, obreros o incluso desde
la informalidad, la forma de
construir y fortalecer la sociedad mexicana, o en
el caso que más nos importa, la sociedad de Chihuahua.
Recientemente los esfuerzos dirigidos por
los organismos internacionales hacia este sector de fundamental importancia
para el desarrollo social y económico, están teniendo un destacado significado por su acertada
visión al poner en la mesa de las discusiones a
las y los jóvenes como sujetos específicos de
derechos humanos, sin embargo, y a pesar
de algunas acciones importantes que nuestro gobierno ha realizado, se ha
puesto de manifiesto que, a pesar de los tratados y
convenios internacionales de los
que México forma parte, nuestro País ha desatendido su
obligación básica de garantizar los derechos
fundamentales de quienes constituyen la llamada "ventana de
oportunidad demográfica", y que entre muchas otras, la de la
productividad, que le permitiría
aprovechar la fuerza de trabajo sea profesional o no, de millones
de jóvenes para el crecimiento económico del País, se diluya
significándole posteriormente una carga social que la
sociedad no podrá soportar, tal y como lo han
demostrado los muy recientes fenómenos sociales en los que los jóvenes e incluso los
niños, han sido, ante la falta de oportunidades
reales de empleo para ellos o sus familias, los
principales protagonistas.
Reconocido en las normas fundamentales de
derechos humanos como son la Declaración Universal de Derechos Humanos en su
artículo 23, el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 6, y
previsto en el artículo 123 de la Constitución de
los Estados Unidos Mexicanos, así como en
nuestra propia Constitución local, el derecho al trabajo
decente es el derecho fundamental humano respecto al cual toda persona debe
tener a su favor la protección del Estado Mexicano para ser ejercido
plenamente.
Incluidos de manera natural como un importante
sector de la sociedad que no sólo debe ser contemplado por las diversas
instancias de gobierno, sino que hoy
levanta su voz desde diversas trincheras
para pronunciarse por la garantía
de ese derecho fundamental, están las y los jóvenes de México, los cuales representan
la quinta parte de la población total
con más de 20 millones de personas entre los 15 y los 24
años de edad; y particularmente los
de Chihuahua quienes, de acuerdo a las
cifras oficiales aportadas por el INEGI, hacia 2013 se
contabilizaban en
921 mil jóvenes de 15 a 29 años, lo que
significa un 22.5 por ciento de la población total en
la Entidad.
A pesar de que la lucha cotidiana de los
jóvenes mexicanos por encontrar un empleo
que les permita hacer efectivas sus
expectativas de vida, a nivel nacional apenas
cuatro de cada diez jóvenes trabajan, mientras
que en Chihuahua, el mayor porcentaje
de desocupación se refleja en los jóvenes de 20 a
24 años, y de acuerdo a la Encuesta Nacional de
Ocupación y Empleo, 43.2% de los
jóvenes de 25 a 29 años, que han concluido sus
estudios profesionales, laboran en
actividades desvinculadas de su profesión, en tanto
que en los jóvenes con un bajo nivel socioeconómico
este porcentaje aumenta al cien por ciento.
Derivado de la
realidad planteada estadísticamente, cuyo
impacto resultará dramático si el desempleo
entre la juventud sigue la línea ascendente que ha
mantenido como producto de los esquemas aplicados por los sistemas
económicos nacionales y globales, y en la cual las cifras de la tasa de
desocupación abierta tiende a acentuarse entre las
mujeres, la población joven
con mayor nivel de estudio y los jóvenes urbanos, en los últimos
años, acciones institucionales importantes
están generando altas expectativas para que los
gobiernos del mundo trabajen en iniciativas
encaminadas al fortalecimiento de las políticas públicas y de la
cooperación internacional, con el propósito
de mejorar los sistemas de protección social
dirigidos a jóvenes. La Declaración de Lisboa de 1998 por ejemplo, es uno de
los Tratado de las Naciones Unidas en el cual los Estados Parte se comprometen
a afianzar, en su artículo 53, -cito-textual-: “…el
objetivo último del pleno empleo, de forma que todos los
hombres y mujeres jóvenes tengan iguales oportunidades de conseguir un trabajo
remunerado".
Por otro lado, la Organización Iberoamericana de la
Juventud, un organismo internacional de carácter multigubernamental compuesto
por 21 países entre los cuales se encuentra México, creado
en 1992, y cuyo principal objetivo es la inclusión e
integración de las juventudes a través de políticas públicas para promover el diálogo, la concertación
y la cooperación en materia de juventud entre los países
iberoamericanos, en adición a los
instrumentos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, redactó la
Convención Iberoamericana de Derechos de la Juventud, exponiendo la necesidad
de que los jóvenes cuenten con el compromiso y las
bases jurídicas que reconozcan, garanticen y protejan sus derechos, dentro de
los cuales, en su artículo 26 destaca el derecho al
trabajo y a la especial protección del mismo, así como el compromiso de adoptar
las políticas necesarias que fomenten la inserción
y calificación de jóvenes en el trabajo, documento
que al ser ratificado, resulta en obligaciones pactadas por quienes así lo
acepten.
Nuestro País desde 2005 suscribió el
Tratado mencionado, el cual es el documento más significativo en materia de
derechos humanos para la juventud, el único
instrumento a nivel internacional que
reconoce a las y los jóvenes como sujetos plenos de derechos, y que establece
que los gobiernos deben de garantizar acciones que los protejan y como tal,
forma parte del patrimonio jurídico de la
humanidad, por lo cual
pudiéramos destacar que resulta altamente benéfico para el proyecto social de
nuestro País, el hecho de que México haya firmado este documento. Sin embargo
la realidad mediante la cual el gobierno mexicano maneja las políticas públicas
en relación a la juventud, resulta muy diferente,
puesto que han trascurrido 9 años sin que la Secretaría de Relaciones
Exteriores cumpla con el protocolo respectivo para que el Tratado pueda ser
ratificado, lo cual le dará plena validez para obligar al gobierno a
actuar conforme a los compromisos establecidos en la
Convención; y no obstante que han sido enviados por lo menos cinco
exhortos en varias ocasiones por parte
ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Unión para que
la Secretaría turne el expediente de la
Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes
ante el Senado de la República, y se lleve a cabo su
ratificación, como lo
establece la fracción del artículo 76, de nuestra Carta Magna, la
dependencia gubernamental ha hecho caso omiso de los
requerimientos señalados.
Es cierto
también y muy loable, que diversos grupos
parlamentarios han propuesto instrumentos jurídicos para incentivar fiscalmente a
las empresas que contrataran a jóvenes profesionistas
recién egresados. Ya en 2010, desde el
Senado de la República se planteó una propuesta de Ley
de Fomento al Primer Empleo, la cual derivó finalmente en reformas
fiscales de carácter temporal a la ley hacendaria; y
actualmente está siendo revisada la Iniciativa
presentada ante la Cámara de Diputados del
H. Congreso de la Unión, la Iniciativa de
Ley de Fomento al Primer Empleo para Jóvenes
Estudiantes y Egresados de Educación Superior; sin embargo
estas propuestas olvidan a los jóvenes sin empleo que, por sus
condiciones socioeconómicas y que habitan el medio rural, no han tenido la
oportunidad de acceder a una profesión.
El Grupo Parlamentario del Partido Nueva
Alianza, reconoce en el Gobierno de la República y
de manera muy especial al Gobierno del Estado de Chihuahua, los
esfuerzos que en materia de educación profesional se han
hecho, y la intensa
actividad vinculante entre las currícula del nivel superior y el sector
productivo; sin embargo los datos estadísticos respecto
al empleo entre la juventud, la falta de ratificación por parte del Gobierno
Federal a la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes, así como la ausencia
de objetivos claros en el
Plan Sectorial del Instituto Chihuahuense de la Juventud respecto a políticas
públicas direccionadas a garantizar el derecho al empleo por ejemplo, nos
demuestran la necesidad de redoblar el paso para poder
hacer efectivo, además de otros derechos humanos
fundamentales, el derecho al
trabajo decente para la juventud chihuahuense, por lo cual
nos proponemos exhortar a la Secretaría de
Relaciones Exteriores del Gobierno Federal, para
que remita a la mayor
brevedad al Senado de la República, el expediente correspondiente
para que la Convención Iberoamericana de los
Derechos de los Jóvenes pueda ser ratificada y por ende, vincular los diversos
órdenes de gobierno para promover,
respetar, proteger y garantizar el
trabajo decente entre la juventud. Así mismo, proponemos
invitar al Ejecutivo Estatal
para que establezcan el diseño de políticas públicas que permitan atender, de
conformidad con los principios señalados en el
tercer párrafo de nuestra Carta Magna, dentro de
otros derechos fundamentales, el derecho al empleo para
las y los jóvenes de Chihuahua.
Al respecto, hacemos eco
de las palabras que recientemente pronunciara
el Secretario General de la ONU Ban Ki-moon, quien
manifestó en junio pasado en Ginebra, Suiza, que el
estado actual de desempleo juvenil a nivel mundial es intolerable,
y recomendó a los gobiernos del mundo a que
-cito textual-: "Inviertan
más en iniciativas de empleo para los
jóvenes, y promuevan un trabajo decente. Las
políticas de empleo para la juventud son
fundamentales para recoger los beneficios de sus
inversiones diarias en educación y
formación vocacional" - termino la
cita”.
III.- Las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y Juventud y
Deporte de este H. Congreso del Estado, luego de realizar el estudio y análisis
de la Iniciativa con carácter de Decreto, emiten el presente dictamen con base
en las siguientes
C O N S I D E R A C I O N E S
En esencia, la propuesta en análisis tiene como finalidad que se exhorte
a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a fin de que turne el expediente
relativo a la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes ante el
Senado de la República, para su correspondiente ratificación, así como al
Gobierno Federal y del Estado de Chihuahua para que establezcan el diseño de
políticas públicas que permitan promover, respetar, proteger y garantizar el
derecho al trabajo decente para las y los jóvenes de Chihuahua.
Los integrantes
de la Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Juventud y Deporte, después de
llevar a cabo un minucioso estudio de la Iniciativa turnada, llegamos a la
conclusión de que debe ser atendida en sus términos, debido a las
justificaciones que a continuación se expondrán.
Desde el 10 de
diciembre de 1948, fecha en la que se suscribió la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, las personas podemos contar con mayores elementos para exigir
y aspirar a mejores condiciones de vida y aún y cuando dicho documento no tiene
carácter vinculante sí constituyó y lo es en nuestros días, un instrumento
universal sin distinción de nacionalidad, raza, sexo, situación económica o –
lo que nos atañe- edad.
Anterior a la
citada Declaración Universal de los Derechos Humanos se contaba con la
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, de 1789, misma que como
su nombre lo dice fue importante avance, pero excluyente.
Ya para 1966, se
suscribió el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
que, junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tuvieron
fuerza vinculante, reforzándose un poco más la tutela de los derechos humanos
y, como lo refieren los iniciadores, el artículo 6, en sus puntos 1 y 2, del
Pacto citado en primer término -el cual implica por parte del Estado conductas
prestacionales, como un dar y un hacer- dispone que los Estados Partes
reconocen el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda
persona a tener la oportunidad de ganarse la
vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, y tomarán medidas
adecuadas para garantizar este derecho y, que entre las medidas que habrá de
adoptar cada uno de los Estados Partes para lograr la plena efectividad de este
derecho deberá figurar la orientación y formación técnico profesional, la
preparación de programas, normas y técnicas encaminadas a conseguir un
desarrollo económico, social y cultural constante y la ocupación plena y
productiva, en condiciones que garanticen las libertades políticas y económicas
fundamentales de la persona humana.
Luego entonces, qué mejor medida que la suscripción
de un instrumento internacional vinculante como lo es la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes,
el cual vendrá a proporcionar un mayor dinamismo en las vidas de dicho grupo
etáreo (de edad), ya que ahí radica, precisamente, una verdadera visión de
sustentabilidad. En efecto, es importantísimo invertir en tecnologías para
mejorar el medio ambiente, sin embargo, la mejor inversión siempre será la que
incida directamente en lo mejor que tenemos: nuestra juventud.
Por otro lado, los suscritos, al igual que los iniciadores, reconocemos
la ardua labor que han desempeñado los gobiernos federal y estatal en pro de
los derechos de las y los jóvenes mexicanos y chihuahuenses, respectivamente.
En efecto, es destacarse las tareas emprendidas por el Gobierno del Estado en
el ámbito educativo, así como la entrega que ha tenido el Instituto Mexicano de
la Juventud, no obstante, como legisladores y en congruencia con la
trascendental reforma constitucional en materia de derechos humanos publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, aunado a la
complejidad de la causa de los jóvenes, no nos resta más que abonar al espíritu
de dicho cambio normativo y avalar la solicitud del exhorto respetuoso al
Gobierno Federal y del Estado de Chihuahua para que establezcan el diseño de
políticas públicas, que permitan promover, respetar, proteger y garantizar el
derecho al trabajo decente para las y los jóvenes de Chihuahua.
Así, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 y 58 de la Constitución
Política del Estado y los artículos 43, 53 y 59 de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado, las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y
Juventud y Deporte, someten a la consideración del Pleno el presente dictamen
con el carácter de
A C U E R D O
PRIMERO.- La Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable
Congreso del Estado exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de
Relaciones Exteriores a fin de que turne el expediente relativo a la Convención
Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes ante el Senado de la República
para su correspondiente ratificación, de conformidad con la fracción I, del
artículo 76, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
SEGUNDO.- La Sexagésima Cuarta Legislatura
del Honorable Congreso del Estado, exhorta de manera respetuosa al
Gobierno Federal y del Estado de Chihuahua, para que establezcan el diseño de
políticas públicas que permitan promover, respetar, proteger y garantizar el
derecho al trabajo decente para las y los jóvenes de Chihuahua.
ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para que
elabore la Minuta
de Acuerdo en los términos correspondientes.
DADO en el Salón de
Sesiones del Poder Legislativo del Estado, en la Ciudad de Chihuahua,
Chihuahua, a los 23 días del mes de septiembre
del año dos mil catorce.
POR LAS COMISIONES UNIDAS DE DERECHOS HUMANOS Y DE
JUVENTUD Y DEPORTE
DIP. TANIA
TEPORACA ROMERO DEL HIERRO
PRESIDENTA
DIP. ROSEMBERG
LOERA CHAPARRO
SECRETARIO
DIP. GLORIA PORRAS VALLES
VOCAL
|
DIP. MAYRA DÍAZ GUERRA
VOCAL
|
DIP. LUIS FERNANDO RODRÍGUEZ
GINER
VOCAL
|
DIP. HÉCTOR HUGO AVITIA CORRAL
VOCAL
|
|
|
DIP. ENRIQUE LICÓN CHÁVEZ
VOCAL
|
DIP. FERNANDO MARIANO REYES
RAMÍREZ
VOCAL
|
DIP. DANIELA SORAYA ÁLVAREZ HERNÁNDEZ
VOCAL
La presente hoja corresponde al dictamen que recae a la iniciativa
de Acuerdo presentada por los Diputados Rosemberg Loera Chaparro y Gustavo
Martínez Aguirre, por medio de la cual proponen el envío de un exhorto a la
Secretaría de Relaciones Exteriores a fin de que turne el expediente relativo a
la Convención Iberoamericana de los
Derechos de los Jóvenes ante el Senado de la República para su correspondiente
ratificación.
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