Declaración conjunta en el aniversario del restablecimiento de las restricciones impuestas por la ONU a Irán y relativas a ese país
El texto de la siguiente declaración fue publicado por los Gobiernos de los Estados Unidos de América, Albania, Argentina, Australia, Austria, Baréin, Belice, Bosnia, Bulgaria, Canadá, Colombia, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, República Dominicana, Estonia, Estados Federados de Micronesia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Islas Marshall, Moldavia, Montenegro, Marruecos, Nueva Zelanda, Macedonia del Norte, Noruega, Palaos, Panamá, Paraguay, Polonia, Portugal, República de Corea, Rumania, San Marino, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Países Bajos, Trinidad y Tobago, Ucrania, Reino Unido y Yemen.
Comienza el texto:
El 27 de septiembre de 2025 (a las 20:00 horas, hora de Washington D. C.), seis resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU): la resolución 1696 (2006), la resolución 1737 (2006), la resolución 1747 (2007), la resolución 1803 (2008), la resolución 1835 (2008) y la resolución 1929 (2010); volvieron a entrar en vigor tras la finalización del proceso de restablecimiento de las sanciones. Francia, Alemania y el Reino Unido iniciaron este proceso en respuesta al incumplimiento persistente y significativo por parte de Teherán de sus compromisos nucleares en virtud del Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC).
Un año después, nosotros, los Estados signatarios de la Iniciativa de Seguridad contra la Proliferación (PSI) mencionados arriba, reafirmamos nuestro compromiso con la implementación continuada de todas las obligaciones pertinentes enumeradas en las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que han sido restablecidas. Recordamos, asimismo, que la Declaración de Principios de Interdicción de 2003, que todos los participantes en la PSI han respaldado, reafirma nuestra adhesión al Derecho internacional y marcos pertinentes, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Nos comprometemos además, de conformidad con nuestras obligaciones derivadas de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a seguir adoptando medidas, en consonancia con la legislación nacional e internacional pertinente y los compromisos relacionados, para impedir el suministro, la venta o la transferencia a Irán de artículos, materiales, equipos, bienes y tecnología que puedan contribuir a actividades nucleares sensibles desde el punto de vista de la proliferación o al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, así como a respetar las restricciones relativas al suministro, la venta o la transferencia de armas y material relacionado con Irán.
Nuestros países reafirman, además, nuestro compromiso de garantizar que existan las bases jurídicas y las capacidades nacionales suficientes para hacer frente a las actividades de Irán relativas a la proliferación. Más concretamente, nos comprometemos a: (1) adoptar medidas eficaces para impedir la venta, el suministro y la transferencia, directos o indirectos, hacia y desde Irán, de artículos procedentes de sus territorios o a través de ellos que puedan contribuir a la obtención de armas de destrucción masiva, sus medios de entrega (incluidos los vehículos aéreos no tripulados) y los materiales y artículos relacionados sujetos a las restricciones de armas restablecidas en las Naciones Unidas; (2) adoptar procedimientos simplificados para facilitar el intercambio rápido entre los socios de la PSI de información pertinente relativa a las actividades de proliferación de Irán; (3) cuando sea necesario, continuar revisando nuestras legislaciones nacionales para garantizar la eficacia de nuestras medidas; y (4) adoptar medidas específicas adecuadas en apoyo de los esfuerzos de interceptación relacionados con las actividades de proliferación de Irán.
Acogemos con beneplácito todas las iniciativas a nivel nacional destinadas a cumplir con nuestras obligaciones derivadas de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como las actividades pertinentes que respalden nuestro objetivo de impedir que Irán adquiera un arma nuclear, como las relacionadas con la operación Economic Outcast.
Instamos a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas a que apliquen estas resoluciones y reiteramos las preocupaciones que desde hace tiempo mantiene la comunidad internacional respecto al programa nuclear de Irán. Seguiremos coordinando nuestros esfuerzos contra la proliferación para contrarrestar cualquier intento de Irán de emprender acciones prohibidas por las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con el fin de reanudar el desarrollo de sus programas nucleares o de misiles balísticos. Instamos a Irán a que vuelva a cumplir con sus obligaciones en materia de no proliferación, coopere plenamente con el OIEA y aborde las preocupaciones de la comunidad internacional en materia de proliferación.
Para ver el texto original, ir a: https://www.state.gov/releases/office-of-the-spokesman/2026/10/joint-statement-on-the-anniversary-of-the-snapback-of-un-restrictions-on-and-related-to-iran/

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