La identificación forense es un proceso
multidisciplinario cuyo objetivo es identificar jurídica y
científicamente a una persona (viva o muerta), constituyéndose como un
proceso que vela por la dignidad y el respeto de la persona y de sus
seres queridos, evitando la denominación de “persona desaparecida” o “no
identificada”.
La
maestra Luz Evelyn Núñez Mares expone que, si bien la problemática de
restos humanos sin identificar no tiene su origen únicamente en la
desaparición forzada, ya que puede presentarse bajo diversas
circunstancias, como conflictos armados, actos violentos, desastres
naturales, accidentes y la migración, sí es esta conducta delictiva la
que ha acentuado la necesidad de otorgar identidad a los cadáveres,
osamentas y fragmentos óseos localizados principalmente en inhumaciones
clandestinas.
“Bajo esta
tesitura, y atendiendo a su vez a lo preceptuado en nuestra carta
magna, así como a los estándares internacionales respecto a la
salvaguarda del derecho humano a la identidad y la dignidad humana, es
que resulta imperante la implementación estandarizada de principios
forenses, criminalísticos y metodológicos que, con base en diversas
disciplinas científicas, determinen jurídicamente la identidad de una
persona”, refirió la docente universitaria.
Agregó
que el 3 de marzo de 2015 fue presentado el “Protocolo para el
Tratamiento e Identificación Forense”, instituyéndose como una
herramienta multidisciplinaria para estandarizar y homologar la
actuación de peritos y autoridades ministeriales en el procesamiento
(recuperación, estudio, identificación y restitución) de cadáveres,
restos óseos y fragmentos humanos de forma digna y científica, a efecto
de arribar a su identificación, determinando su causa de muerte, así
como la forma y circunstancias de comisión.
Este
protocolo busca contribuir al intercambio de información sobre
técnicas, métodos y procedimientos científicos en el ámbito
criminalístico y/o forense, estableciendo las directrices para una
atención oportuna y sistematizada del personal operativo (ministerial y
pericial), respetando la autonomía de cada una de las instituciones que
participan en la procuración de justicia.
El proceso integral que establece dicho protocolo, refiere cuatro etapas básicas de actuación:
1. Preservación y procesamiento del lugar de intervención.
Asegura
que el lugar del hallazgo (lugar de los hechos o fosa) no sea
contaminado, implementándose la cadena de custodia correspondiente.
El
levantamiento, el cual incluye la fijación fotográfica, videograbación y
planimetría del lugar. El tratamiento de los restos recuperados se
realizará bajo estrictos procedimientos en materia de antropología,
arqueología y criminalística de campo.
2. Análisis Multidisciplinario (Información Post-Mortem)
El cuerpo o fragmento humano es analizado por especialistas para determinar datos biológicos y causas de muerte.
Las ciencias forenses que intervienen incluyen:
Medicina Forense (evaluación de lesiones y causas de muerte)
Antropología y Odontología (determinación de sexo, edad, estatura, rasgos físicos y análisis de dentadura)
Genética Forense (extracción y perfil de ADN para cotejo)
Dactiloscopia (clasificación y comparación de huellas dactilares)
3. Reconciliación e Identificación
Información
Ante-Mortem: se recopilan datos de la persona en vida (fotografías,
historiales médicos, fichas dentales y muestras de ADN de familiares),
entre otros.
Cotejo: toda la información recabada
tras la muerte (Post-Mortem) se compara matemáticamente y
científicamente con los datos que se tenían de la persona en vida
(Ante-Mortem) para establecer coincidencias.
4. Restitución e Informe
Unidades
de Identificación: se refiere a Comités de expertos los cuales discuten
los hallazgos para llegar a una conclusión técnica.
Notificación y entrega: se informa a los familiares sobre los resultados de forma clara y sensible.
Archivo
Básico: si no es posible identificar el cuerpo, sus datos y muestras se
resguardan en un Archivo Básico de Identificación (ABI) y en el Banco
Nacional de Datos Forenses para futuras confrontas.
Finalmente,
la maestra Núñez Mares indicó que el Protocolo para el Tratamiento e
Identificación Forense, ha sido reforzado por normativas como la Ley
General en Materia de Desaparición Forzada y el Sistema Nacional de
Búsqueda. Además, se estableció el Centro Nacional de Identificación
Humana (CNIH), equipo especializado de la Comisión Nacional de Búsqueda
(CNB) que trabaja con un enfoque científico, ético y multidisciplinario
para identificar a personas desaparecidas en México.

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