Necesario se establezcan plazos máximos de gestión, reparación y entrega en vehículos asegurados: Dip. María Antonieta Pérez
• Plantea
plazos máximos de hasta 30 días para daños menores, y hasta 90 días para
daños mayores y máximo 15 días para indemnización en caso de pérdida
total.
Chihuahua, Chih.-
La diputada local de morena, María Antonieta Pérez Reyes exhortó a las
Mesas Directivas de la Cámara de diputados y senadores del Congreso de
la Unión para que impulsen diversas reformas y adiciones a la Ley Sobre
el Contrato de Seguro; así como a la CONDUSEF y a la Comisión Nacional
de Seguros y Fianzas, para colaborar en la definición técnica de “daños
menores” y “daños mayores” y en la emisión de lineamientos para la
adecuada implementación de estas reformas.
En
su exposición de motivos la legisladora morenista argumentó que, en el
ramo de seguros automotrices, personas aseguradas en diversas entidades
federativas han reportado dilaciones excesivas en la reparación y
entrega de sus vehículos después de un siniestro.
“Estas
demoras generan cargas económicas adicionales y afectan el derecho de
las y los consumidores a recibir un servicio oportuno y transparente. De
acuerdo con información pública de la CONDUSEF y notas periodísticas,
una proporción significativa de reclamaciones en el ramo auto se
relaciona con los tiempos de reparación y entrega, así como con la falta
de información periódica sobre el avance de los trabajos”, dijo la
legisladora.
En este
tenor también explicó que la legislación federal vigente en materia de
contratos de seguro no establece plazos específicos y uniformes para la
reparación y entrega de vehículos, ni obligaciones claras de reporte
periódico al asegurado, lo que propicia asimetrías contractuales en
detrimento de la parte adherente y dificulta la tutela efectiva del
usuario de servicios financieros.
Por lo anterior la diputada, María Antonieta Pérez Reyes busca:
• Establecer
en la Ley sobre el Contrato de Seguro plazos máximos de gestión,
reparación y entrega del vehículo asegurado: hasta 30 días para daños
menores, y hasta 90 días para daños mayores y máximo 15 días para
indemnización en caso de pérdida total.
• La
CONDUSEF y a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas colaboren en la
definición técnica de “daños menores” y “daños mayores” y en la emisión
de lineamientos para la adecuada implementación de la reforma
• Que
exista la obligación de reportes semanales y el establecimiento de
facultades sancionatorias a cargo de la CONDUSEF en contra de las
compañías aseguradoras respecto de gastos comprobables de movilidad, así
como por el incumplimiento de los plazos aquí establecidos.
• Adicionar
en la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
una multa de 500 a 2000 días de salario, a la Institución Aseguradora
que incumpla con lo establecido en la Ley de Contrato de Seguros.
• Ante
el incumplimiento de la entrega de vehículos siniestrados la
aseguradora tendrá que pagar los gastos de movilidad del asegurado desde
el vencimiento de las fechas establecidas de 30 o 90 días hasta que el
automotor este reparado.

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