Exención de emergencia humanitaria a la pausa de la ayuda exterior

 


Para llevar a cabo la orden ejecutiva del Presidente para revaluar y realinear la ayuda exterior de Estados Unidos, aprobé ayer una exención adicional a la pausa para la asistencia humanitaria vital durante el período de la revisión.

Aquellos que implementan los programas existentes de asistencia humanitaria vital deben continuar o reanudar el trabajo si se han detenido, sujetos a las instrucciones descritas en esta exención. Esta reanudación es de carácter temporal y, con las limitadas excepciones que sean necesarias para continuar con los programas de asistencia humanitaria vital, no se suscribirán nuevos contratos.

Para ver el texto original, ir a:  https://www.state.gov/emergency-humanitarian-waiver-to-foreign-assistance-pause-2/

Comentarios