Chihuahua, Chih.- La fracción parlamentaria de Morena en el Congreso del
Estado presentó una iniciativa con carácter de decreto para reformar el
Código Civil del Estado de Chihuahua y derogar, reformar y adicionar
diferentes artículos a fin de regular el divorcio incausado.
La
diputada Rosana Díaz Reyes explicó que se busca legislar las
consecuencias jurídicas de la disolución del vínculo matrimonial,
protegiendo de esta manera al entorno familiar y sus miembros, así como
buscar el interés superior de los menores, el cuidado y la protección
del cónyuge que se dedicó preponderantemente a las labores del hogar y
tomando en consideración los bienes adquiridos dentro del matrimonio y
las dos figuras de régimen patrimonial.
La iniciativa tiene
varios propósitos en los que se considera incluir la figura del divorcio
incausado y hacer la diferencia entre el divorcio administrativo y el
divorcio por mutuo consentimiento, puesto que la segunda debe ser
decretada por un juez, no por un oficial del registro civil.
“Se
trata de una reforma integral en lo que respectan las tres figuras del
divorcio, las consecuencias jurídicas de las mismas y la protección de
los integrantes de la familia nuclear”, dijo la diputada.
En la
reforma del artículo 255 del Código Civil se precisan las tres formas de
divorcio: el de mutuo consentimiento, el incausado y el divorcio
administrativo; este último, haciendo su diferencia con el divorcio por
mutuo consentimiento
Se reforman los artículos 255, 256, 257, 258
y 264, y se derogan los artículos, 263 y 265 del Código Civil del
Estado de Chihuahua.
Artículo 255. El divorcio puede ser por mutuo
consentimiento o incausado. El primero procede a solicitud de ambos
cónyuges y el segundo a solicitud de solo uno de ellos, ocurriendo ante
un Juzgado de lo Familiar competente conforme al Código de
Procedimientos Familiares, lo anterior sin requerir para ello expresar
razón o causal alguna.
De igual forma, la pensión compensatoria
para que en el divorcio incausado se pueda declarar que él o la ex
cónyuge que durante su unión se dedicó preponderantemente a las labores
del hogar y, en su caso, al cuidado de la progenie, tiene derecho a una
pensión compensatoria que le permita vivir dignamente, la cual perdurará
hasta que se encuentre en condiciones de subsistir por sí, pero en
ningún caso podrá exceder del tiempo que duró la unión legal entre los
cónyuges.

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