Inconstitucional que municipio de Parral retenga placas o licencia por una infracción de tránsito: Congreso
-Exhorta diputado Edgar Piñón a que se respete la ley y no se afecte al ciudadano.
Chihuahua,Chih.-
El Congreso del Estado por iniciativa del subcoordinador de la bancada
priista, Edgar Piñón, pidió al Ayuntamiento de Parral, a que se abstenga
de retener documentos oficiales o en su defecto las placas vehiculares,
al momento de realizar alguna infracción de tránsito o parquimetros;
por tratarse de una acción inconstitucional que afecta a los ciudadanos.
El legislador señaló que ciudadanos Parralenses han manifestado
su preocupación respecto a que las autoridades municipales han sido
omisos ante lo dispuesto en el articulo 100 de la la Ley de Tránsito, en
el que se especifica que ningún oficial podrá retener ningún documento o
placa, al momento de la infracción; esto en conformidad con la reforma
publicada en el periodico oficial del estado desde el 15 de enero de
2020.
Desafortunadamente, la autoridad municipal a través de la
dirección de vialidad y parquimetros en Parral, continúa rigiendose bajo
reglamentos internos, que contravienen lo dispuesto en la ley estatal;
situación que corresponde a un acto inconstitucional al privar a los
ciudadanos y visitantes de sus bienes y patrimonio, expuso el legislador
parralense.
Añadió que en ocasiones visitantes de otras
regiones acuden un fin de semana, y al ser infraccionados, tienen que
esperar al inicio de semana para poder recoger sus documentos y así
regresar a su destino, ya que al no contar con ellos en las carreteras
están expuestos a multas federales que ascienden a más altos costos.
Si
bien es cierto este Congreso reconoce la Autonomía Municipal para
autorregularse en materia de Tránsito, cierto es también que la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sido reiterativa al señalar
que, en materia de tránsito los Municipios deben observar las Leyes
Federales y Estatales.
Por lo anterior, es que hacemos un atento
llamado al Ayuntamiento de Parral, para que adecue el artículo 115
fracción V inciso A) de su Reglamento de Tránsito; así como el Art. 14
del Reglamento de Estacionometros, ambos a lo establecido en el artículo
100 de la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua y gire
instrucciones al Departamento de Vialidad para que evite retener
documentos oficiales a conductores, concluyó Piñón Domínguez.
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