El Departamento del Tesoro sanciona a fuerza de policía cubana y a sus líderes en respuesta a la violencia contra manifestantes pacíficos

 


WASHINGTON – En el día de hoy, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control, OFAC) del Departamento del Tesoro de EE. UU. sancionó a dos ciudadanos cubanos y a una entidad cubana conforme al Decreto Ejecutivo (Executive Order, E.O.) 13818, que amplía e implementa la Ley Global Magnitsky sobre Responsabilidad de Derechos Humanos (Global Magnitsky Human Rights Accountability Act) y actúa contra responsables de graves violaciones de derechos humanos y hechos de corrupción en todo el mundo. Las sanciones de hoy amplían las designaciones que realizó el Departamento del Tesoro el 22 de julio de 2021 sancionando a más personas en relación con acciones orientadas a reprimir las protestas pacíficas a favor de la democracia en Cuba que empezaron el 11 de julio. Los destinatarios de las designaciones de hoy son OSCAR CALLEJAS VALCARCE (CALLEJAS), EDDY SIERRA ARIAS (SIERRA) y la POLICÍA NACIONAL REVOLUCIONARIA (PNR) del Ministerio del Interior (MININT) de Cuba.

“El Departamento del Tesoro seguirá designando e identificando por su nombre a quienes facilitan que el régimen cubano cometa graves violaciones de derechos humanos”, expresó la directora de la Oficina de Control de Activos Extranjeros Andrea M. Gacki. “Lo dispuesto hoy refuerza las medidas orientadas a que respondan por sus actos los responsables de reprimir los reclamos de libertad y respeto de los derechos humanos que expresa el pueblo cubano”.

SANCIONES SOBRE CUBA

Además de las sanciones que se impusieron hoy en el marco del programa Magnitsky Global, la OFAC sigue aplicando el programa de sanciones sobre Cuba, el más amplio de su tipo que administra la OFAC. Con algunas excepciones orientadas a asegurar que se permitan ciertas categorías de actividad económica que benefician de manera directa al pueblo cubano, la OFAC administra un embargo económico sobre Cuba que prohíbe que las personas estadounidenses (y las entidades que estén bajo la titularidad o el control de personas estadounidenses) participen en transacciones y brinden servicios que puedan sostener al régimen cubano. Asimismo, todos los ciudadanos cubanos quedan bloqueados, con independencia de si figuran en la Lista de Ciudadanos Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista SDN) del Departamento del Tesoro. El Departamento del Tesoro continuará haciendo cumplir estas prohibiciones de acuerdo con los estatutos y regulaciones aplicables..

REPRESIÓN VIOLENTA DE MANIFESTANTES EN CUBA

Desde el inicio de las protestas de julio de 2021 en Cuba, el régimen cubano desplegó a la PNR, una unidad policial que depende del MININT de Cuba, para que reprimiera y atacara a manifestantes. Bajo la autoridad de CALLEJAS como director y SIERRA como subdirector, agentes de la PNR fueron fotografiados cuando enfrentaban y detenían a manifestantes en La Habana, incluidos integrantes del Movimiento Madres del 11-7, un grupo fundado para organizar a familiares de personas encarceladas y desaparecidas. En Camagüey, un cura católico fue golpeado y arrestado por la PNR mientras defendía a jóvenes manifestantes, y agentes de la PNR también golpearon a un grupo de manifestantes pacíficos entre los cuales había varios menores. Asimismo, se han registrado varias instancias en las que agentes de la PNR utilizaron bastones para dispersar de manera violenta protestas pacíficas en toda Cuba.

La PNR ha sido designada conforme al Decreto Ejecutivo 13818 por encontrarse bajo la titularidad o el control del MININT, o por actuar o procurar actuar en representación de este, de manera directa o indirecta. El MININT fue designado previamente por la OFAC conforme al Decreto Ejecutivo 13818 el 15 de enero de 2021 por ser una persona extranjera que es responsable o cómplice, o partícipe directo o indirecto, en graves violaciones de derechos humanos. CALLEJAS y SIERRA han sido designados conforme al Decreto Ejecutivo 13818 por actuar, o procurar actuar, en nombre de la PNR, tanto en forma directa como indirecta.

CONSECUENCIAS DE LAS SANCIONES

Todos los bienes y participaciones en bienes de estas personas que se encuentran bloqueados conforme a las Reglamentaciones sobre Control de Activos Cubanos, disposición 31 C.F.R. parte 515 (CACR), siguen estando bloqueados. Las CACR prohíben que personas sujetas a la jurisdicción estadounidense realicen transacciones con bienes en los cuales tengan participación Cuba o algún ciudadano cubano, a menos que se encuentre autorizado o alcanzado por alguna exención. Asimismo, conforme a las Reglamentaciones sobre Sanciones Magnitsky Global, disposición 31 C.F.R. parte 583, quedan bloqueados todos los bienes y participaciones en bienes de las personas anteriores que se encuentren en Estados Unidos o que estén en poder o bajo el control de personas estadounidenses, y se prohíben todas las transacciones de personas estadounidenses o que se realicen dentro de Estados Unidos (o que transiten por ese territorio) que involucren bienes o participaciones en bienes de personas designadas o alcanzadas por otras medidas de bloqueo, a menos que se encuentren autorizadas por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o que tengan algún otro tipo de dispensa. Estas prohibiciones incluyen realizar cualquier contribución o aporte de fondos, bienes o servicios por, para o en beneficio de cualquier persona alcanzada por un bloqueo, o recibir cualquier contribución o aporte de fondos, bienes o servicios de tal persona.


Para ver el texto original ir a: https://home.treasury.gov/news/press-releases/jy0298

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