--Luego
de concluir la Jornada Nacional de Sana Distancia, permanecerán cerrados los
bares y centros nocturnos; horario de venta en expendios seguirá de 9:00 a 18:00
horas
Como parte de las medidas del Gobierno del Estado de
Chihuahua, luego de concluir la “Jornada Nacional de Sana Distancia”, para
prevenir la propagación del COVID-19, la Dirección General de Gobierno informa
que se mantendrán las restricciones en la venta de bebidas alcohólicas en
envase abierto y cerrado.
Por lo tanto, los bares y centros nocturnos
permanecerán cerrados de acuerdo al proceso de semaforización y la venta en
expendios seguirá siendo en el horario de 9:00 a 18:00 horas en toda la
entidad.
Lo anterior quedó establecido en un Acuerdo 083/2020
publicado este sábado en el Periódico Oficial de Chihuahua que expone las
medidas y estrategias para la reapertura ordenada, escalonada y gradual de las
actividades sociales, educativas y económicas en el Estado, priorizando la
seguridad y salud de las y los chihuahuenses.
Además, el documento también presenta el Sistema de
Semaforización (Rojo, Naranja, Amarillo y Verde) que determina en qué momento
se reanudarán determinadas actividades y los lineamientos que se deberán
seguir.
Dado que nos encontramos en el color “Rojo” de esta
escala, se mantendrá la restricción de apertura a aquellos espacios donde se
ofrecen bebidas alcohólicas para consumo en el mismo lugar, como lo son, bares,
cantinas, antros y centros nocturnos. Sólo podrán abrir de manera parcial
aquellos donde se vendan alimentos, para ofrecerlos en modalidad para llevar o
de entrega a domicilio.
El semáforo indica que estos comercios podrán
reabrir sus puertas al público cuando se declare la etapa color “Amarillo”,
permitiendo sólo un aforo de 30% de su capacidad.
Por su parte los establecimientos que venden bebidas
alcohólicas como depósitos, licorerías, microcervecerías, vinaterías y
sotolerías, así como abarrotes, tiendas de conveniencia y supermercados; podrán
hacerlo solamente en un horario de 9:00 horas a 18:00 horas de lunes a domingo.
Esto con el fin de inhibir la presencia de personas
en las calles, concentraciones en los establecimientos antes mencionados, y
evitar la realización de festejos ante el riesgo de contagio del COVID-19.
El cumplimiento de las disposiciones contenidas en
el Acuerdo 083/2020 será vigilado por las autoridades municipales en el ámbito
de su competencia y por la Secretaría General de Gobierno en todo el territorio
estatal.
De ubicarse establecimientos que incumplan lo
planteado, serán sancionados con la clausura temporal o definitiva del
establecimiento, la revocación de la licencia o permiso correspondiente y demás
sanciones aplicables en términos de lo establecido en el Capítulo VI de la Ley
de Alcoholes del Estado.
Comentarios
Publicar un comentario