Modifican en Cabildo Reglamento del Servicio de Carrera Profesional Policial


-Se privilegiará la presunción de inocencia de agentes en caso de ser investigados por una presunta falta
 
 
Los integrantes del Ayuntamiento de Chihuahua, aprobaron de manera unánime la modificación de los artículos 3, 253, 255, 260 y 264, todos  del Reglamento del Servicio de Carrera Profesional Policial para el Municipio de Chihuahua, con el fin de armonizarse con la Ley Estatal del Sistema de Seguridad Pública.
 
El dictamen se dio en voz del regidor presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Javier Sánchez Herrera, quien destacó que con esto se busca establecer nuevos mecanismos para el desahogo del procedimiento de separación o disciplinario de elementos que se encuentren bajo investigación derivado de alguna acusación en su contra.
 
Indicó que actualmente el Órgano de Asuntos Internos puede determinar como medida cautelar la suspensión del policía integrante sin el pago de su remuneración, medida que puede ser decretada por la Comisión de Servicio Profesional de Carrera Honor y Justicia, y llegando el caso de separación o remoción, sin cubrir su sueldo.
 
Por ello, indicó que al momento de la suspensión como medida cautelar, dentro de esta armonización se proyecta  no se suspendan el sueldo del elemento hasta que se te compruebe que si ha incurrido o no en una falta.
 
Detalló, que esto es derivado que se han dado lugar a juicios de amparo por violar el principio de presunción de inocencia de los agentes en investigación, por lo que cando esté suspendido, recibirá una remuneración, pero no podrá ser inferior al salario del tabulador más bajo de la Dirección de Seguridad, además de establecer que el elemento podrá regresar a sus actividades al momento de no haberse encontrado nada en su contra.

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