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Una opción sencilla es
realizar el trámite mediante IMSS desde su Empresa (IDSE), al cual se puede
acceder desde el portal www.imss.gob.mx
El Instituto Mexicano del Seguro
Social (IMSS) recordó a los patrones que el periodo ordinario para que cumplan
con su obligación de presentar la Determinación Anual de la Prima del Seguro de
Riesgos de Trabajo correspondiente al ejercicio 2017, es durante el mes de febrero
de 2018.
El licenciado Carlos Sáenz Pando,
titular de la Jefatura de Afiliación Cobranza, señaló que los patrones deben considerar
los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales terminadas dentro del
periodo comprendido del 1º de enero al 31 de
diciembre de 2017, conforme lo establece el artículo 74 de la Ley del Seguro
Social.
Están exentos de presentar la determinación
de la prima aquellos patrones que:
- Cuando al determinar
la nueva prima, ésta resulte igual a la del ejercicio anterior.
- Los patrones de
registro inicial que se dieron de alta ante el IMSS a partir del 2 de
enero de 2017.
- Los
que cambiaron de clasificación durante el ejercicio 2017, siempre y cuando no hayan completado un periodo anual
del primero de enero al 31 de diciembre, conforme a lo establecido en el
Art. 32 fracción IV del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia
de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
- Cuando un patrón se
encuentra en la prima mínima 0.5 % y no hayan registrado accidentes de
trabajo o enfermedades profesionales.
De acuerdo con la Ley del Seguro
Social y al reglamento correspondiente a la clasificación de empresas, en febrero
deben presentar la determinación de la prima, ya sea vía internet mediante IDSE
o de manera presencial acudiendo a la Subdelegación que les corresponda de
acuerdo a su circunscripción territorial, con el formato impreso en dos tantos
(CLEM-22 y CLEM-22A), así como el archivo SRT grabado en USB o disco compacto,
recomendó.
Sáenz Pando indicó que de estar
obligados a la presentación de la determinación y no cumplir con dicha
obligación, se harán acreedores a una multa, debido a que el Instituto procede a
determinar en base a la casuística patronal registrada, la Prima del Seguro de
Riesgos de Trabajo con la que las empresas deberán cubrir sus cuotas obrero
patronales.
El Instituto aclara que a pesar de ser
considerados riesgos de trabajo, no
deben incluirse dentro de la siniestralidad de las empresas, aquellos
accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al
centro de labores o viceversa.
Resaltó que para facilitar el
cumplimiento de esta obligación, el Instituto pone a disposición de los
patrones dos vías para su presentación:
- La primera permite a las empresas
ahorrar tiempo y evitar desplazamientos, ya que a través de la página del
IMSS, www.imss.gob.mx, se puede presentar
la determinación con el Sistema IMSS desde su Empresa (IDSE), empleando
para ello el archivo que se genera en el Sistema Único de
Autodeterminación de Cuotas.
- De igual manera, como segunda
opción, si el patrón desea hacer su trámite en forma presencial, puede
obtener desde la página del IMSS el archivo electrónico para calcular la
prima, y presentar en ventanilla lo siguiente:
Ø Determinación impresa en
original y copia
Ø El archivo SRT grabado en USB o en CD, el cual será transmitido
al servidor institucional directamente
Asimismo
será necesario que presente la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP) o en su
defecto la documentación con la que acredite la personalidad.
El Instituto, con el propósito de
brindar apoyo a las empresas y patrones en el cumplimiento de esta obligación,
como todos los años, pondrá a disposición materiales y herramientas
que podrán ser consultadas en la página del IMSS www.imss.gob.mx.
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