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El Ministro Fernando
Franco González Salas afirmó que los jueces constitucionales cumplen con el sistema
integral de derechos humanos.
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La prohibición absoluta a
la discriminación es una de las reformas más relevantes y recientes en el marco
constitucional.
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El Director Jurídico del Seguro Social, Manuel Mac
Farland González, clausuró el Ciclo de Conferencias en Conmemoración del
Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Con equilibrio y
respeto a la ley, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelve las
controversias relacionadas con la salud, los derechos humanos y la seguridad
social, afirmó el Ministro Fernando Franco González Salas, al participar en el
Ciclo de Conferencias por el Centenario de la Constitución.
Al dictar la conferencia “Criterios recientes de la SCJN relacionados a
la seguridad social”, el Ministro destacó que el máximo tribunal constitucional
se adapta y respeta las reformas a la Carta Magna, para garantizar los derechos
fundamentales en el nuevo marco jurídico de derechos humanos.
Subrayó que la
prohibición absoluta a la discriminación por cualquier causa, que se
complementó en el Artículo Primero, es una de las reformas más relevantes y
recientes para los tiempos jurídicos, por la correlación con el derecho a la
protección de la salud y seguridad social que tienen las personas.
González Salas explicó
que el tema
de salud impacta directamente en la seguridad social, porque las instituciones,
particularmente el IMSS, tienen un ámbito fundamental que tiene que ver con la
salud y, consecuentemente, no escapa a esta protección y a los problemas que
genera.
En su ponencia, expuso algunos criterios
en la aplicación de este nuevo sistema jurídico de derechos humanos, como en los
matrimonios del mismo sexo, tema que fue y sigue siendo debatido no sólo en
México sino en el mundo.
Al respecto, dijo, la SCJN declaró que
es inconstitucional prohibirlos, aunque muchos estados del país todavía no los
aceptan, a pesar de que se vincula con el último párrafo del Artículo Primero
que dice: está prohibida toda discriminación, claramente, por sexo o por
preferencias sexuales.
Añadió que al principio, las
instituciones, el propio Seguro Social, se ampararon ante la Corte, que resolvió
que es inconstitucional negárselo si se habla de igualdad y se reconoce ante el
nuevo marco de los derechos humanos, de los instrumentos internacionales y del
Artículo Primero, se les debe dar el mismo trato. Ahora, el Seguro Social, el
ISSSTE y la mayoría de las instituciones aceptan esta situación.
Asimismo, se refirió al Derecho de
Petición respecto de prestaciones de seguridad social; a la contradicción sobre
los montos de pensión por Cesantía en Edad Avanzada, al Régimen de Conservación
de Derechos; así como a la extensión del Servicio de Guarderías a los varones
asegurados, entre otros importantes temas.
Participaron en este Ciclo de
Conferencias, Alfonso Guati Rojo Sánchez, Presidente de la Asociación Nacional
de Abogados de Empresa y Subdirector Jurídico Contencioso de PEMEX; José Manuel
Villalpando César, Secretario Académico en la Escuela Libre de Derecho; Héctor
Felipe Fix-Fierro, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de
la UNAM; Arturo Pueblita Fernández, Vicepresidente de la Academia Mexicana de
Derecho Fiscal, así como ex Directores Jurídicos del Instituto, entre otros
funcionarios.
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