·
Una
opción sencilla es realizar el trámite mediante IMSS desde su Empresa (IDSE),
al cual se puede acceder desde el portal www.imss.gob.mx
El Instituto Mexicano
del Seguro Social (IMSS) recordó a los patrones que el periodo ordinario para
que cumplan con su obligación de presentar la Determinación Anual de la Prima
del Seguro de Riesgos de Trabajo correspondiente al ejercicio 2016, es durante
el mes de febrero de 2017.
El licenciado Carlos
Sáenz Pando, titular de la Jefatura de Afiliación Cobranza, señaló que los
patrones deben considerar los accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales terminadas dentro del periodo comprendido
del 1º de enero al 31 de diciembre de 2016, conforme lo establece el
artículo 74 de la Ley del Seguro Social.
Están exentos de
presentar la determinación de la prima aquellos patrones que:
·
Cuando al determinar la nueva prima, ésta
resulte igual a la del ejercicio anterior.
·
Los patrones de registro inicial que se
dieron de alta ante el IMSS a partir del 2 de enero de 2016.
·
Los que cambiaron de clasificación durante el
ejercicio 2016, siempre y cuando no hayan completado un
periodo anual del primero de enero al 31 de diciembre, conforme a lo establecido
en el Art. 32 fracción IV del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia
de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
·
Cuando un patrón se encuentra en la prima
mínima 0.5 % y no hayan registrado accidentes de trabajo o enfermedades
profesionales.
De acuerdo con la Ley
del Seguro Social y al reglamento correspondiente a la clasificación de empresas,
en febrero deben presentar la determinación de la prima, ya sea vía internet mediante
IDSE o de manera presencial acudiendo a la Subdelegación que les corresponda de
acuerdo a su circunscripción territorial, con el formato impreso en dos tantos
(CLEM-22 y CLEM-22A), así como el archivo SRT grabado en
USB o disco compacto, recomendó.
Sáenz Pando indicó
que de estar obligados a la presentación de la determinación y no cumplir con
dicha obligación, se harán acreedores a una multa, debido a que el Instituto
procede a determinar en base a la casuística patronal registrada, la Prima del
Seguro de Riesgos de Trabajo con la que las empresas deberán cubrir sus cuotas
obrero patronales.
El Instituto aclara
que a pesar de ser considerados riesgos de trabajo, no deben incluirse dentro de la siniestralidad de las empresas,
aquellos accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su
domicilio al centro de labores o viceversa.
Resaltó que para
facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Instituto pone a disposición de
los patrones dos vías para su presentación:
·
La primera permite a las empresas ahorrar
tiempo y evitar desplazamientos, ya que a través de la página del IMSS, www.imss.gob.mx, se puede
presentar la determinación con el Sistema IMSS desde su Empresa (IDSE),
empleando para ello el archivo que se genera en el Sistema Único de
Autodeterminación de Cuotas.
·
De igual manera, como segunda opción, si el
patrón desea hacer su trámite en forma presencial, puede obtener desde la
página del IMSS el archivo electrónico para calcular la prima, y presentar en
ventanilla lo siguiente:
Ø Determinación
impresa en original y copia
Ø El archivo
SRT grabado en USB o en CD, el cual será
transmitido al servidor institucional directamente
Asimismo
será necesario que presente la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP) o en su
defecto la documentación con la que acredite la personalidad.
El Instituto, con el
propósito de brindar apoyo a las empresas y patrones en el cumplimiento de esta
obligación, como todos los años, pondrá a disposición materiales y herramientas que podrán ser consultadas en la página del
IMSS www.imss.gob.mx.
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