Aprueban reformas presentadas por la Comisión de Juventud y Deporte


-    A la Ley de Juventud, de Cultura Física y Deporte, y al Código Fiscal, todos ordenamientos estatales.
Dentro de la Vigesimoprimera Sesión Extraordinaria del Poder Legislativo, fueron reformadas las leyes de Juventud y la de Cultura Física y Deporte, así como el Código Fiscal, todos ellos del Estado.
En lo referente a la reforma de la Ley de Juventud, se incorporaron los derechos y obligaciones de las personas jóvenes, cuyas edades fluctúan entre los 12 y 29 años.
Es por tal, que se adicionó al Artículo 4 de dicho ordenamiento, y segundo párrafo, en el que se especifica que "todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad".
Por otra parte, fue reformada también la Ley de Cultura Física y Deporte, y el Código Fiscal, ambos del Estado de Chihuahua a fin de ampliar el número de integrantes del Comité de Impulso al Deporte, y establecer un nuevo mecanismo de captación de recursos destinados al deporte.
Es así que se adhieren al Comité mencionado, dos representantes de la Comisión de Juventud y Deporte del Congreso del Estado y un representante de cada uno de los órganos municipales de cultura física y deporte, de los municipios con más de 100 mil habitantes en el Estado.
Así mismo, se adicionó fracción IV al Segundo Grupo del artículo 212 del Código Fiscal del Estado de Chihuahua, en el que se especifica que "el impuesto se causará a razón de 15% de los ingresos obtenidos por la venta de bebidas alcohólicas en envase abierto durante eventos deportivos masivos o con fines de espectáculo.
De la misma manera, se envió un Acuerdo al Ejecutivo Estatal, para que a través de la Secretaría de Hacienda, sea creado un Fideicomiso Público en materia de fomento al deporte con la institución fiduciaria que ofrezca las mejores condiciones operativas existentes en el mercado, al cual se aportarán los ingresos provenientes de la contribución extraordinaria a que se refiere la reforma al Código Fiscal del Estado antes mencionada, cumpliendo para ello con las disposiciones de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chihuahua.  

Comentarios