A través de las empresas, IMSS puede pagar las incapacidades que generen los trabajadores


·         El Convenio de Pago Indirecto y Reembolso de Subsidios lo pueden celebrar las empresas

Dentro de sus procesos de modernización y agilización de trámites, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cuenta con un programa mediante el cual se pueden cubrir los subsidios por incapacidad médica a los trabajadores a través de su empresa.

A la fecha, 144 empleadores en el estado de Chihuahua han hecho convenio con el instituto adhiriéndose a este beneficio; de los cuales, 33  están radicados en Ciudad Juárez.

José de la Luz Chacón, jefe de Prestaciones Económicas y Sociales a nivel delegacional, informó que el Convenio de Pago Indirecto y Reembolso de Subsidios consiste en el pago directo a las empresas para que estas, a su vez, lo realicen a sus trabajadores, lo cual ha generado una mayor confianza entre la institución y los patrones.

 Puntualizó que este convenio se deriva de la necesidad que tienen las empresas de conocer con mayor oportunidad y confiabilidad las incapacidades que le son expedidas a sus trabajadores por parte de los médicos del Seguro Social.

Con este convenio las empresas tendrán los siguientes beneficios:
·        Mayor control de las ausencias del trabajador incapacitado de manera temporal.
·        Conocer con certeza el tiempo autorizado de recuperación que el médico tratante del IMSS determine.
·        Contar con información oportuna y precisa para hacer los ajustes al enterar las cuotas obrero-patronales.
·        Tener mayor control en los riesgos de trabajo, para ratificar o rectificar la clase y la prima de riesgos de la empresa.
·        Mayor seguridad en la entrega del pago de los subsidios al trabajador, ya que esto se depositará directamente en una cuenta bancaria que la empresa designe.
·        Favorecer a la productividad, ya que evitara que el trabajador pierda periodos de tiempo de su jornada laboral al tener que trasladarse a realizar el cobro de subsidios.
·        Recibir vía correo electrónico la facturación detallada de los importes de los subsidios por ramo se seguro y trabajador incapacitado.

Los requisitos para darse de alta en este programa son:
·        Acta constitutiva y poder notarial en original y copia.
·        Relación de números de registros patronales, cuando existan varios, con domicilio y total de trabajadores por cada registro.
·        Copia de la última liquidación de las cuotas obrero- patronales.
·        Carta de la empresa donde se acredite al personal autorizado para representar a la empresa en la realización de acciones ante el IMSS, inherente al pago de subsidios.
·        Número de cuenta, clave e institución bancaria donde se depositarán los subsidios, para requisitar la solicitud de acreditamiento en cuenta bancaria.
·        Oficio acreditando la personalidad de los miembros del sindicato y su aceptación para realizar el trámite, ó en su caso, relación de trabajadores donde manifiesten su conformidad, en ambos casos realizarlo por registro patronal.
·        Proporcionar un correo electrónico donde se pueda recibir la información detallada de los subsidios pagados por ramo y trabajador incapacitado de forma quincenal.


Si tiene alguna duda, acuda algún módulo de Prestaciones Económicas, os encontrará  en todas las Unidades de Medicina Familiar (UMF).

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