Legisladores locales reforman artículos transitorios en materia de disciplina financiera


-    Se busca armonizar la Constitución Política del Estado con el ordenamiento Federal en lo referente a la disciplina financiera.
El Poder Legislativo aprobó, una adición a los artículos transitorios del Decreto que reforma y adiciona la Constitución Política del Estado, en lo referente a la reciente reforma constitucional federal en materia de disciplina financiera de las Entidades Federativas y los municipios.
Lo anterior, con el propósito de que los plazos de aplicabilidad de las disposiciones jurídicas locales estén armonizadas y en unión con las reformas federales en materia de disciplina financiera, particularmente lo relativo a la contratación de obligaciones a corto plazo,  
Dentro de la exposición del dictamen por parte de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública, el Presidente de la misma, diputado Juan Eleuterio Muñoz Rivera, señaló que el pasado 14 de agosto de 2015, la Presente Legislatura emitió el Decreto No. 951/2015 IX P.E, por el que se reformó la Constitución Local en materia de disciplina financiera, mismo que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado del día 30 de diciembre del 2015. 
Sin embargo, es hasta el 27 de abril del año en curso, que el Congreso de la Unión expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios, disposición reglamentaria de las reformas Constitucionales Federales ya citadas, con el objeto de establecer los criterios generales que regirán a las entidades federativas y los municipios para un manejo sostenible de sus finanzas públicas y la transitoriedad conforme a la cual entrará en vigor lo en ella dispuesto.
Es por lo anterior, el Decreto aprobado en el Decimoquinto Periodo Extraordinario, contiene lo que a continuación se detalla:
Se adiciona un Artículo Tercero Transitorio al Decreto No. 951/2015 IX P.E, para quedar redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO PRIMERO.- ...
ARTÍCULO SEGUNDO.- ...
ARTÍCULO TERCERO.- El último párrafo del artículo 165 TER, de este Decreto, entrará en vigor en la misma fecha en que lo hagan las disposiciones establecidas en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 26 de mayo de 2015, con relación a lo previsto en el Artículo Quinto Transitorio de dicho Decreto Federal.
Es importante señalar que este Decreto fue aprobado por mayoría de votos de los diputados presente en el Decimoquinto Periodo Extraordinario de Sesiones.

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