Pide Rogelio Loya certeza para FECHAC


Chihuahua, Chih.- Ante la falta de depósito de los últimos 4 meses por parte del Gobierno estatal del Fideicomiso Fondo Social del Empresariado Chihuahuense a la Fundación del Empresariado Chihuahuense, el diputado del Partido Acción Nacional, Rogelio Loya Luna, pidió modificar el decreto respectivo para que la Secretaría de Hacienda tenga que hacer el depósito dentro de los primeros 5 días de cada mes.

Loya Luna recordó cómo surgió la Fundación del Empresariado Chihuahuense, que a raíz de la tromba que azotó Chihuahua en 1990, donde un grupo de empresarios solicitaron al Gobierno del estado que les cobrara una sobretasa al Impuesto Estatal Sobre Nóminas por un periodo de un año, y este recurso se destinaría a apoyar a los damnificados.

Posteriormente, al comprobarse la efectividad de dicho esquema, en 1994 los empresarios solicitaron que se les cobrara la sobretasa para crear un fondo destinado para apoyar a los sectores más desprotegidos.

"En respuesta a esta solicitud, el Gobierno del Estado pidió al Congreso que emitiera un decreto para este fin, dando lugar a la creación del Fideicomiso Fondo Social del Empresariado Chihuahuense que ha venido evolucionando hasta convertirse en un instrumento jurídico, que actualmente administra las aportaciones de más de 38 mil empresarios y empresarias de nuestra entidad", recordó Loya Luna.

El diputado panista explicó que la Fundación del Empresariado Chihuahuense recibe este recurso cada mes a través de la Secretaría de Hacienda estatal, que cada mes lo recauda y lo deposita en el Fideicomiso.

Sin embargo, de cuatro meses a la fecha no se ha percibido ese depósito, "por lo que Gobierno del Estado no ha contribuido con la fluidez necesaria, vulnerando así el ánimo y buena voluntad del empresariado".


Ante esta situación, y para darle certeza financiera al sector empresarial y abonar a su buena voluntad, el diputado de Acción Nacional pidió adicionar un párrafo al decreto que crea el Fideicomiso, en donde se estipula que la Secretaría de Hacienda del estado realizará el depósito dentro de los primeros 5 días de cada mes.

H. CONGRESO DEL ESTADO
PRESENTE.

          El suscrito, en mi carácter de Diputado a la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado, en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 64, fracción III y 68, fracción I, de la Constitución Política del Estado, así como 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, acudo a someter a consideración ante esta elevada Asamblea, iniciativa para reformar el Decreto No. 1131/2012 I P.O., a efecto de  Adicionar un  párrafo segundo, para establecer un término de 5 días para que el Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de Hacienda, deposite al fideicomiso los ingresos provenientes de la contribución extraordinaria a la que se refiere este Decreto, para ser destinados a la realización o al apoyo de programas, acciones, planes y proyectos que las entidades públicas y organizaciones de la sociedad civil instrumenten;  lo anterior al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Para conocer un poco más acerca del punto que versa la Iniciativa que el suscrito hoy somete a consideración de esta Asamblea, comentaré brevemente algunos antecedentes que me parece que vale la pena resaltar acerca de la historia de cómo es que surgió la Fundación del Empresariado Chihuahuense, mejor conocida como FECHAC.
Como sabemos, en 1990, lamentablemente azotó una tromba a la capital del Estado de Chihuahua, a lo cual las y los empresarios respondieron a esta crisis con un esfuerzo sin precedente, solicitando al Gobierno y al Congreso del Estado que por período de un año se les aplicara una sobretasa en el cobro del Impuesto Estatal Sobre Nóminas, para que los recursos fueran destinados a apoyar a los cientos de familias damnificadas, es así que surge el Fideicomiso para la Reconstrucción de las Zonas Dañadas por la tromba.
Luego, al comprobarse la efectividad de este esquema de trabajo, en 1994, las y los empresarios solicitan de nueva cuenta el cobro adicional con la intención de crear un fondo destinado a dar apoyo a los sectores más desprotegidos. En respuesta a esta solicitud, el Gobierno del Estado pidió al Congreso que emitiera un decreto para este fin, dando lugar a la creación del Fideicomiso Fondo Social del Empresariado Chihuahuense que ha venido evolucionando hasta convertirse en un instrumento jurídico, que actualmente administra las aportaciones de más de 38 mil empresarios y empresarias de nuestra entidad.
Este desarrollo, es consecuencia de la participación voluntaria y decidida del empresariado chihuahuense, que en dos ocasiones ha solicitado la renovación del decreto que les permite realizar su aportación al Fideicomiso, así como de la disposición del Gobierno y del Congreso del Estado para trabajar en equipo, ya que el capital correspondiente al gravamen adicional se recibe a través del gobierno del estado, por medio de la Secretaría de Hacienda, la cual, lo recauda y deposita mensualmente en el Fideicomiso, gravamen el cual, de cuatro meses a la fecha no se ha  percibido, por lo que Gobierno del Estado no ha contribuido con la fluidez necesaria, vulnerando así el ánimo y buena voluntad del empresariado.
Es por esta razón, que el suscrito hoy solicita a esta Asamblea reformar el Decreto 1131/2012 I P.O, para brindarle certeza financiera al sector empresarial y abonar a su buena voluntad.
En atención a lo anterior, se propone adicionar un segundo párrafo, al artículo 5 del precitado decreto, para establecer un término de 5 días a fin de que el Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Hacienda, deposite al fideicomiso los ingresos provenientes de la contribución extraordinaria a la que se refiere este Decreto, para ser destinados a la realización o al apoyo de programas, acciones, planes y proyectos que las entidades públicas y organizaciones de la sociedad civil instrumenten.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, en los términos de los antecedentes expuestos y con fundamento en los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado, el suscrito somete a la consideración de esta elevada Asamblea, el siguiente proyecto de:

DECRETO

ARTÍCULO UNICO.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo 5 del Decreto No. 1131/2012 I P.O, para quedar redactado de la siguiente manera:

Artículo 5.- …….

La Secretaria de Hacienda dentro de los primeros cinco días de cada mes, deberá depositar al fideicomiso los ingresos correspondientes derivados de la Contribución Extraordinaria.

Transitorio

ÚNICO.- EL presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los 20 días del mes de Octubre del año dos mil quince.


Atentamente

DIP. ROGELIO LOYA LUNA.

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