Chihuahua, Chih.- Ante la falta de depósito
de los últimos 4 meses por parte del Gobierno estatal del Fideicomiso Fondo
Social del Empresariado Chihuahuense a la Fundación del Empresariado Chihuahuense,
el diputado del Partido Acción Nacional, Rogelio Loya Luna, pidió modificar el
decreto respectivo para que la Secretaría de Hacienda tenga que hacer el
depósito dentro de los primeros 5 días de cada mes.
Loya Luna recordó cómo surgió la Fundación del
Empresariado Chihuahuense, que a raíz de la tromba que azotó Chihuahua en 1990,
donde un grupo de empresarios solicitaron al Gobierno del estado que les
cobrara una sobretasa al Impuesto Estatal Sobre Nóminas por un periodo de un
año, y este recurso se destinaría a apoyar a los damnificados.
Posteriormente, al comprobarse la efectividad
de dicho esquema, en 1994 los empresarios solicitaron que se les cobrara la
sobretasa para crear un fondo destinado para apoyar a los sectores más
desprotegidos.
"En respuesta a esta solicitud, el
Gobierno del Estado pidió al Congreso que emitiera un decreto para este fin,
dando lugar a la creación del Fideicomiso Fondo Social del Empresariado
Chihuahuense que ha venido evolucionando hasta convertirse en un instrumento jurídico,
que actualmente administra las aportaciones de más de 38 mil empresarios y
empresarias de nuestra entidad", recordó Loya Luna.
El diputado panista explicó que la Fundación
del Empresariado Chihuahuense recibe este recurso cada mes a través de la
Secretaría de Hacienda estatal, que cada mes lo recauda y lo deposita en el
Fideicomiso.
Sin embargo, de cuatro meses a la fecha no se
ha percibido ese depósito, "por lo que Gobierno del Estado no ha
contribuido con la fluidez necesaria, vulnerando así el ánimo y buena voluntad
del empresariado".
Ante esta situación, y para darle certeza
financiera al sector empresarial y abonar a su buena voluntad, el diputado de
Acción Nacional pidió adicionar un párrafo al decreto que crea el Fideicomiso,
en donde se estipula que la Secretaría de Hacienda del estado realizará el
depósito dentro de los primeros 5 días de cada mes.
H. CONGRESO DEL ESTADO
PRESENTE.
El suscrito, en mi carácter de
Diputado a la Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado, en uso de las atribuciones que me confieren los
artículos 64, fracción III y 68, fracción I, de la Constitución Política del
Estado, así como 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, acudo a someter a consideración ante esta elevada
Asamblea, iniciativa para reformar el Decreto No.
1131/2012 I P.O., a efecto de Adicionar
un párrafo segundo, para establecer un
término de 5 días para que el Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de
Hacienda, deposite al fideicomiso los ingresos provenientes de la contribución
extraordinaria a la que se refiere este Decreto, para ser destinados a la
realización o al apoyo de programas, acciones, planes y proyectos que las
entidades públicas y organizaciones de la sociedad civil instrumenten; lo anterior al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE
MOTIVOS
Para conocer un poco más acerca del punto que versa la
Iniciativa que el suscrito hoy somete a consideración de esta Asamblea,
comentaré brevemente algunos antecedentes que me parece que vale la pena
resaltar acerca de la historia de cómo es que surgió la Fundación del
Empresariado Chihuahuense, mejor conocida como FECHAC.
Como sabemos, en 1990, lamentablemente azotó una tromba a
la capital del Estado de Chihuahua, a lo cual las y los empresarios
respondieron a esta crisis con un esfuerzo sin precedente, solicitando al
Gobierno y al Congreso del Estado que por período de un año se les aplicara una
sobretasa en el cobro del Impuesto Estatal Sobre Nóminas, para que los recursos
fueran destinados a apoyar a los cientos de familias damnificadas, es así que
surge el Fideicomiso para la Reconstrucción de las Zonas Dañadas por la tromba.
Luego, al comprobarse la efectividad de este esquema de
trabajo, en 1994, las y los empresarios solicitan de nueva cuenta el cobro
adicional con la intención de crear un fondo destinado a dar apoyo a los
sectores más desprotegidos. En respuesta a esta solicitud, el Gobierno del
Estado pidió al Congreso que emitiera un decreto para este fin, dando lugar a
la creación del Fideicomiso Fondo Social del Empresariado Chihuahuense que ha
venido evolucionando hasta convertirse en un instrumento jurídico, que actualmente
administra las aportaciones de más de 38 mil empresarios y empresarias de
nuestra entidad.
Este desarrollo, es consecuencia de la participación
voluntaria y decidida del empresariado chihuahuense, que en dos ocasiones ha
solicitado la renovación del decreto que les permite realizar su aportación al
Fideicomiso, así como de la disposición del Gobierno y del Congreso del Estado
para trabajar en equipo, ya que el capital correspondiente al gravamen adicional se
recibe a través del gobierno del estado, por medio de la Secretaría de
Hacienda, la cual, lo recauda y deposita mensualmente en el Fideicomiso,
gravamen el cual, de cuatro
meses a la fecha no se ha percibido, por
lo que Gobierno del Estado no ha contribuido con la fluidez necesaria,
vulnerando así el ánimo y buena voluntad del empresariado.
Es por esta razón, que el suscrito hoy solicita a esta
Asamblea reformar el Decreto 1131/2012
I P.O, para brindarle
certeza financiera al sector empresarial y abonar a su buena voluntad.
En atención a lo anterior, se propone adicionar un
segundo párrafo, al artículo 5 del precitado decreto, para establecer un
término de 5 días a fin de que el Ejecutivo del Estado, a través de la
Secretaría de Hacienda, deposite al fideicomiso los ingresos provenientes de
la contribución extraordinaria a la que se refiere este Decreto, para ser
destinados a la realización o al apoyo de programas, acciones, planes y
proyectos que las entidades públicas y organizaciones de la sociedad civil
instrumenten.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, en los términos de
los antecedentes expuestos y con fundamento en los artículos 57 y 58 de la
Constitución Política del Estado, el suscrito somete a la consideración de esta
elevada Asamblea, el siguiente proyecto de:
DECRETO
ARTÍCULO UNICO.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo
5 del Decreto No. 1131/2012 I P.O, para quedar redactado de la
siguiente manera:
Artículo 5.- …….
La Secretaria de Hacienda dentro de los
primeros cinco días de cada mes, deberá depositar al fideicomiso los ingresos
correspondientes derivados de la Contribución Extraordinaria.
Transitorio
ÚNICO.- EL presente decreto entrará en vigor
al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad
de Chihuahua, Chih., a los 20 días del mes de Octubre del año dos mil quince.
Atentamente
DIP. ROGELIO LOYA LUNA.
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