Urgen legisladores locales la recisión del contrato con la empresa encargada de la obra carretera de la vía corta Chihuahua-Parral.


Los integrantes de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado, en Sesión de la diputación permanente, exhortaron a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, delegación Chihuahua, para que lleve a cabo las acciones siguientes, de acuerdo a sus facultades:
 
Realice las acciones necesarias a fin de rescindir el contrato que se tenga con él, o los responsables de la obra carretera de la vía corta Chihuahua – Parral, en el tramo carretero Zaragoza – Parral toda vez que la obra está inconclusa y no se percibe avance alguno, poniendo en riesgo a quienes transitan por la citada vía.  

Para que sea interpuesta la pena convencional a quien haya incumplido en el contrato para la realización de la obra en tiempo y forma, establecida en el contrato de adjudicación, y que se prevea lo necesario para que no le sean adjudicadas obras futuras.

Además, para que se realice lo conducente para que la obra sea adjudicada a la empresa que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con lo que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
 
Es importante mencionar, que este punto de acuerdo aprobado de manera económica, fue presentado por el Diputado Pedro Adalberto Villalobos Fragoso, representante del Distrito 22, con cabecera en Parral.
H. DIPUTACIÓN PERMANENTE
PRESENTE.

El suscrito, PEDRO ADALBERTO VILLALOBOS FRAGOSO, en mi carácter de Diputado de la Sexagésima Cuarta Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, acudo ante esta Honorable Representación Popular, en uso de las atribuciones  conferidas en lo dispuesto en los artículos 57, 58 y 68 fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; así como 97, 98 y 99 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo para el Estado de Chihuahua, a presentar iniciativa con carácter de Punto de Acuerdo a fin de exhortar respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes Delegación Chihuahua, para que en ejercicio de sus facultades analice rescindir el contrato que se tiene con el o los responsables de la obra carretera de la vía corta Chihuahua – Parral, en el tramo carretero Zaragoza – Parral, toda vez que la obra esta inconclusa y no se percibe avance alguno, poniendo en riesgo a quienes transitan por la citada rúa, además de que se realice lo conducente para que sea adjudicada la obra a otra empresa que asegure la conclusión de la obra en las mejores condiciones. Lo anterior al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el Estado de Chihuahua cobra una singular importancia como sustento de su desarrollo la red carretera, por su gran extensión territorial con 247,455 kilómetros cuadrados de superficie y una población de 3.4 millones de habitantes dispersa en la variada geografía del estado compuesta, por cadenas montañosas, grandes llanuras y desiertos con amplias áreas casi deshabitadas; esta situación representa un reto para proporcionar las vías de comunicación que permitan enlazar los polos de desarrollo e incrementar la intercomunicación de las poblaciones.

Una prioridad de Gobierno Federal como del Ejecutivo Estatal ha sido el mejorar las condiciones de operación en la red de carreteras en el Estado, para proporcionar a los usuarios comodidad y seguridad en sus traslados, mediante la modernización de algunos tramos que así lo requieran.

Un ejemplo es la carretera vía corta Chihuahua – Parral, que con motivo de fortalecer la solidez de la economía de las regiones de la entidad, se inició la modernización de dicho tramo, a fin de traer un incremento en el turismo no solo para el municipio sino para todo el Estado.

Esta carretera constituye una de las principales vías de comunicación de los habitantes de la región sur de Chihuahua hacia el norte del país y por su parte del norte del país hacia otras zonas, siendo el medio de acceso a otras entidades del país. Esta  vía integra a los municipios de Satevó, Valle de Zaragoza, Parral, Santa Bárbara y San Francisco del Oro, entre otras.

La modernización de este tramo carretero consiste en ampliar a doce metros el cuerpo actual, con el fin de alojar dos carriles de circulación, así como acotamientos en ambos lados. 

Las constructoras encargadas de dicha obra son GASAMARU S.A. de C.V. y SKALATECH S. de  R.L. de C.V., mismas que han presentado un retraso considerable, manifestando una incapacidad económica, de fuerza de trabajo y técnica para la culminación del proyecto.

Según lo estipulado en el contrato signado con la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, Delegación Chihuahua, se pacto en un plazo de 290 días contados a partir del 14 de febrero de 2014 para la terminación de los trabajos, sin embargo por cuestiones diversas se presentaron tres prórrogas para la conclusión de las obras.

El primer convenio de ampliación del periodo para la terminación de las obras fue en virtud de que se suspendieron los recursos por parte de la Secretaria de Hacienda, y se tuvo que posponer los trabajos por 91 días, plazo que se venció sin consideraciones positivas.

En virtud de lo anterior se le concedió un nuevo plazo, el cual se encontraba sustentado en cuestiones de malas condiciones climáticas y de inseguridad,  quedando a las empresas con el compromiso de concluir el 04 de mayo de 2015.

Sin embargo las constructoras siguieron sin mostrar avances considerables, motivo por el cual se les otorgo el último convenio, mismo que se venció hace más de un mes, el 14 de julio del presente año, encontrándose desde entonces con un incumplimiento de contrato, y mostrando una incapacidad para concluir con la modernización de la carretera.

Según el artículo tercero de la Ley General de Vías de Comunicación, es la Secretaria de Comunicaciones y Transportes la facultada para llevar a cabo las remodelaciones o mejoras a las carreteras federales, ya que enuncia lo siguiente:

“Artículo 3. Las vías generales de comunicación y los modos de transporte que operan en ellas quedan sujetos exclusivamente a los Poderes Federales. El Ejecutivo ejercitará sus facultades por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en los siguientes casos y sin perjuicio de las facultades expresas que otros ordenamientos legales concedan a otras Dependencias del Ejecutivo Federal:

I.              Construcción, mejoramiento, conservación y explotación de vías generales de comunicación;

II.             Vigilancia, verificación e inspección de sus aspectos técnicos y normativos;
II.
…”

En mi calidad de Diputado del Distrito veintidós, he sido participe de las gestiones que se han hecho ante el actual Delegado de la SCT en Chihuahua, para que la obra se concluya a la brevedad y se le dé celeridad a los trabajos, toda vez que ponen en riesgo a laspersonas que transitan por dicho tramo, además de que no se percibe que se continúe laborando para concluir.

Inclusive, he hecho presencia en el tramo carretero Zapien-Valle de Zaragoza para entrevistarme con las personas responsables de la ejecución de la obra,  habiendo hecho el compromiso hace ya algunos meses de que la obra estaría terminada para finales del mes de Mayo de 2015.

Sin embargo, veo que la situación de la obra continua sin finalizar, demostrando que la o las empresas a las que se adjudicó la obra para los trabajos de modernización no cuentan con la capacidad técnica ni económica para concluir la obra, razón por la cual considero que se debe de tomar cartas en el asunto por parte de la SCT para que se realice de nueva cuenta la convocatoria de licitación para adjudicar la obra a alguna empresa que garantice la terminación de dicha vía en tiempo y forma.

Hago referencia además, al exhorto presentado en el mes de Febrero de 2015 ante esta Soberanía, en el que solicitérespetuosamente al Poder Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que en ejercicio de sus facultades, concluyan la modernización de la Carretera Vía Corta Chihuahua – Parral, en el tramo carretero Zaragoza – Parral; así como para que se  establezcan los señalamientos correspondientes. Ya que desde aquel entonces quienes viajamos por esta carretera enfrentamos descomposturas a los vehículos, desgaste excesivo a los mismos, riesgos de accidentes y peligrosidad por falta de señalamientos. 

Desde la fecha referida, la situación continúa  igual, falta de señalización adecuada, lentitud en los trabajos, e inclusive los pocos kilómetros que se han abierto para incorporarnos al cuerpo de la carretera tienen fallas técnicas que ponen en riesgo la seguridad de los que trasmitamos por esta rúa.

Por su parte el párrafo segundo del artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público a la letra dice:

Art 26…
Las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones, solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con lo que establece la presente Ley.


Así mismo el artículo 36 Bis del citado ordenamiento determina:

Artículo 36 Bis…
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria a la licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas…

Queda pues claro que la o las empresas a quienes se les adjudicó la obra en comento, no se han apegado a lo que establece la normatividad en la materia, y no cuentan con la capacidad para concluir la obra, además en virtud de lo establecido en el artículo 154 del reglamento de la se cuenta con los elementos necesarios para la rescisión del contrato.   

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, me permito someter a la consideración del Pleno el presente proyecto de:


ACUERDO.

PRIMERO. La Sexagésima Cuarta Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes Delegación Chihuahua, para que en ejercicio de sus facultades lleve a cabo las acciones siguientes:


a)    Realice las acciones necesarias a fin de rescindir el contrato que se tenga con él, o los responsables de la obra carretera de la vía corta Chihuahua – Parral, en el tramo carretero Zaragoza – Parral toda vez que la obra esta inconclusa y no se percibe avance alguno, poniendo en riesgo a quienes transitan por la citada vía. 


b)   Se  imponga a quien haya incumplido en el contrato para la realización de la obra en tiempo y forma, la pena convencional que se haya establecido en el contrato de adjudicación y que se prevea lo necesario para que no le sean adjudicadas obras futuras.


c)    Se realice lo conducente para que le sea adjudicada la obra a otra empresa que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con lo que establecela Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Del Sector Público.

TRANSITORIOS.

ÚNICO. Aprobado que sea, túrnese a la Secretaria para que elabore la Minuta de Acuerdo en los términos que deba publicarse.


Dado en el Recinto Oficial del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, a los  veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil quince.



ATENTAMENTE.





DIP. PEDRO ADALBERTO VILLALOBOS FRAGOSO. 

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