Jurídica y legalmente ciudad Juárez puede administrar recursos de puentes fronterizos: Rogelio Loya


* No encuentro la justificación técnica ni social del porque tiene que triangularse el ejercicio del recurso, afirma el legislador juarense.


"No encuentro la justificación técnica ni social del porqué tiene que triangularse el ejercicio del recurso, cuando jurídica y legalmente el Municipio puede ejercerlos de manera directa", manifestó enérgico el diputado Rogelio Loya Luna en su posicionamiento sobre el "Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua" abordado durante la sesión extraordinaria de Congreso de este día.

Loya Luna indicó que se debe de ser muy cauteloso al constituir el Fideicomiso y luego operarlo, pues los puentes internacionales situados en Ciudad Juárez, Chihuahua, Zaragoza-Ysleta, Córdova de las Américas, Reforma y Paso del Norte sin duda, son una fuente importante de ingresos para la ciudad fronteriza.

"Estos puentes, sin duda son una fuente importante de ingresos para la ciudad fronteriza, pero para ello se debe de ser muy cauteloso al constituir el Fideicomiso y luego operarlo, porque si bien es cierto que estamos de acuerdo con que los recursos y el aprovechamiento se queden en Juárez, lo ideal, lo justo y apegado al federalismo y municipalismo fiscal, sería que fuera el propio municipio, quien administrará y operará los puentes fronterizos, ello, no por un capricho particular, sino, sustentado en los antecedentes históricos de ciudad Juárez, donde los ayuntamientos administrados por presidentes de diversas corrientes políticas, lucharon y siguen luchando para que los recursos derivados de los puentes fronterizos se queden y se ejercen en territorio municipal", explicó el diputado panista.

En este sentido, el legislador juarense se reservó -en lo particular- de aprobar el fideicomiso en mención, el artículo primero, en su fracción II bajo el rubro de las partes, en lo referente a los fideicomisarios  contenidos en el inciso A) que establece como primer fideicomisario al Municipio de Juárez; la fracción IV, denominada de los Fines en su inciso q), relativo al destino de pagos de nuevos proyectos, y por último la fracción VI  concerniente a la integración del Comité Técnico en sus incisos a), g), i) y j) en donde el presidente municipal sea su titular o que éste designe, participe un regidor de primera minoría y tres representantes de la sociedad así como dos representantes del Poder Legislativo, uno de ellos, de primera minoría.

"Mi voto a favor a este dictamen no es una patente de corso ni un cheque en blanco, para los que constituyen el Fideicomiso, estaré firme y pendiente, que este fidecomiso no corra la suerte del fideicomiso carretero, donde ha imperado la opacidad y la incertidumbre, me opondré rotundamente a cualquier intento donde se pretenda endeudar o comprometer los recursos del fideicomiso, a través de las argucias crediticias que invoca el Secretario de Hacienda en sus comparecencias o en la exposición de motivos de las iniciativas que envía el Gobernador", expresó.

Finalmente, Rogelio Loya externó que le preocupa se haya dejado pasar una enorme oportunidad de empoderar al municipio que más le aporta al PIB a nivel nacional, que se deje de lado la oportunidad de demostrar que el Ayuntamiento de Juárez, tiene la capacidad técnica y financiera para asumir el manejo de la Concesión en beneficio de sus habitantes, puntualizando que el tiempo será  el que indique quién tiene la razón.


H. CONGRESO DEL ESTADO
PRESENTE.-

El suscrito, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ante esta Sexagésima Cuarta Legislatura, ocurro ante esta elevada Asamblea para realizar un posicionamiento respecto de la Iniciativa de Decreto para constituir el Fideicomiso Público denominado "Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua"; lo anterior, al tenor de los siguientes:


ANTECEDENTES

En primer lugar, es pertinente subrayar que la iniciativa que hoy nos ocupa fue presentada por el Ejecutivo Estatal hace unas cuantas semanas, la cual pretende crear el "Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua", para que el Estado sea el encargado de aprovechar los recursos derivados de la operación de los 4 puentes internacionales situados en Ciudad Juárez, Chihuahua, Zaragoza-Ysleta, Córdova de las Américas, Reforma y Paso del Norte, a través del Fideicomiso Público en comento, una vez terminados los contratos y convenios de concesión a los que están sujetos todos los puentes.

Estos puentes, sin duda son una fuente importante de ingresos para la ciudad fronteriza, pero para ello se debe de ser muy cauteloso al constituir el Fideicomiso y luego operarlo, porque si bien es cierto que estamos de acuerdo con que los recursos y el aprovechamiento se queden en Juárez, lo ideal, lo justo y apegado al federalismo y municipalismo fiscal, sería que fuera el propio municipio, quien administrará y operará los puentes fronterizos, ello, no por un capricho particular, sino, sustentado en los antecedentes históricos de ciudad Juárez, donde los ayuntamientos administrados por presidentes de diversas corrientes políticas, lucharon y siguen luchando para que los recursos derivados de los puentes fronterizos se queden y se ejercen en territorio municipal. Además, esta petición se apoya en el principio de subsidiariedad en el sentido de lo que no puede hacer el municipio, lo debe de asumir el estado, y lo que a su vez no pueda asumir como función este último,  debe ser ahora menester de la federación.

Me queda claro, que uno de los fines del fideicomiso que hoy se somete e a consideración de esta Asamblea, es destinar sus recursos a la rehabilitación y desarrollo de infraestructura de Ciudad Juárez, sin embargo, no encuentro la justificación técnica ni social del porqué tiene que triangularse el ejercicio del recurso, cuando jurídica y legalmente el Municipio puede ejercerlos de manera directa.

Obviamente, que al terminarse los plazos de las concesiones de los puentes internacionales, se abre una posibilidad de avance para Juárez, en virtud de que los recursos ya serán administrados por un ente Público.

En atención a lo anterior, quien suscribe, está de acuerdo en torno a la ideal general del dictamen; es decir, que se destinen todos  los recursos para Ciudad Juárez, sin embargo, en lo particular me permito, reservar lo siguiente: el artículo primero, en su fracción II bajo el rubro de las partes, en lo referente a los fideicomisarios  inciso A); la fracción IV, denominada de los fines en su inciso q); la fracción  VI.- referente al Comité Técnico los incisos a), g) , i) y j).

Mi voto a favor a este dictamen no es una patente de corso ni un cheque en blanco, para los que constituyen el Fideicomiso, estaré firme y pendiente, que este fidecomiso no corra la suerte del fideicomiso carretero, donde ha imperado la opacidad y la incertidumbre, me opondré rotundamente a cualquier intento donde se pretenda endeudar o comprometer los recursos del fideicomiso, a través de las argucias crediticias que invoca el Secretario de Hacienda en sus comparecencias o en la exposición de motivos de las iniciativas que envía el Gobernador.

Por último, solo me resta manifestar que me preocupa que hayamos deja pasar una enorme oportunidad de empoderar al municipio que más le aporta al PIB a nivel nacional, que dejemos de lado la oportunidad de demostrar que el Ayuntamiento de Juárez, tiene la capacidad técnica y financiera para asumir el manejo de la Concesión en beneficio de sus habitantes. El tiempo nos dirá, quien tiene la razón.

"Que el cielo de Chihuahua; bendiga los puente internacionales y los recursos de Ciudad Juárez"

Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo a los catorce días del mes de agosto del año dos mil quince.


Atentamente.


Diputado Rogelio Loya Luna.

  

PROPUESTA DE ARTICULOS RESERVADOS

Artículo Primero.-

II.- Partes


FIDEICOMISARIO                   A) Primer lugar: El Municipio de Juárez

                                                           B).- Segundo Lugar: El Estado de                       Chihuahua.


                                                    C) Tercer lugar: Los Acreedores Bancarios, en caso de que se obtengan financiamientos bancarios y/o los tenedores de instrumentos bursátiles, en caso de que se emitan instrumentos bursátiles.


IV.- FINES

Eliminar este inciso
q); Contratar o emitir deuda respaldada por los flujos derivados de la Concesión de los Puentes Fronterizos. Podrá realizar la bursatilización de los ingresos derivados de la explotación de cada uno de los Puentes Fronterizos, ya sea en conjunto o de cada Puente Fronterizo en lo particular. El producto resultante de la bursatilización respectiva deberá integrarse al patrimonio fideicomitido y se destinará al pago de nuevos proyectos en Ciudad Juárez, aprobados por el Comité Técnico;


VI.- COMITÉ TÉCNICO


            Un Presidente.- El Titular del Poder Ejecutivo Municipal o quien él designe
g). Dos Representantes del Gobierno del Municipio de Juárez. Uno de ellos, será el regidor que presente la primera minoría.
             
             i).- Tres representantes de la Sociedad Civil de Ciudad Juárez,   designados por las asociaciones civiles que estén inmiscuidas en materia de transparencia.

            j).- Dos representantes del Poder Legislativo; uno de los cuales representará la primera minoría.

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