Solicitan legisladores establecer tarifas de agua preferenciales a los bienes del dominio público municipales.


Reunidos en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, los diputados integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso local, aprobaron por unanimidad de votos a favor, el Dictamen presentado por la Comisión de Desarrollo Rural, con el cual exhortan a la Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado, para que por conducto de sus organismos operadores, analice la posibilidad de establecer tarifas preferenciales a los bienes del dominio público municipales.

Cabe señalar, que la iniciática, pretendía reformar la Ley del Agua en su artículo 40, pero luego del análisis realizado por la Comisión antes señalada, se dedujo que el ordenamiento local en la actualidad no contraviene en ningún momento con lo mandatado por la Constitución Federal.
Lo anterior derivado a que no es aplicable exención alguna para los bienes de dominio público de la Federación, de los Estados o los Municipios, sobre el pago del servicio de agua potable, drenaje y alcantarillado.

Además la Constitución puntualiza que respecto del pago de derechos por la prestación del servicio público de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales, no opera la exención constitucional, por el simple hecho de que el usuario de esos servicios ocupe un inmueble de dominio público, sea de la Federación, de un Estado o de un Municipio, pues tal aspecto es irrelevante para la configuración del derecho respectivo, además de que en los derechos por servicios, el supuesto generador de la obligación tributaria es la recepción del servicio público.

Comentarios