En MovID
estamos muy honrados por el trabajo realizado en conjuntocon el abogado Alex
Ali Méndez Díaz, las parejas y personas amparadas. Es muy grato informarles que
después de 2 años y medio de trabajo, de haber interpuesto
18 amparos de pareja, además de un recurso de revisión, mismo que logro llegar a
la SCJN, pero, ¿qué implica este recurso de revisión?:
Primero: La revisión
se interpuso ante la inconformidad manifestada con la sentencia emitida por el
juez primero de Distrito el 18 de junio del 2014.
Segundo: El
recurso de revisión fue atraído por el Primer Tribunal Colegiado en Materia
Penal y Administrativa del décimo séptimo Circuito el 14 de julio del 2014.
Tercero: Este
mismo tribunaldecidió no resolver el recurso de revisión en el ámbito local y
por unanimidad lo remitió a la SCJN el pasado 27 de octubre del 2014.
Cuarto: En la sesión
pública de este miércoles 22 abril del 2015,la Primera Sala de la SCJN, determinó
por unanimidad de cinco votos, y a propuesta de la Ministra Sánchez Cordero se
resolvió favorablemente el expediente de reasunción de competencia 43/2014
relativo a la solicitud que le hizo un Tribunal Colegiado del Estado de
Chihuahua.
En otras
palabras la SCJN acepto el recurso de revisión,
asimismo la Corte podrá estudiar de qué manera se integra el mandato de
la Convención Americana en materia de reparación por violaciones a derechos
humanos y el contenido del artículo 1 de la Constitución Federal que contiene
la misma obligación, traduciéndose en una reparación integral de los daños
causados a la pareja en cuestión.
Atentamente:
JoalGalván Ortiz coordinador General de MovID.
Más
información en el teléfono:
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Manuel Aguilar: 614-296-7425
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NashoDíaz: 656-244-8247
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JoalGalván: 001-505 398-3471.

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