Queda prohibido exigir la adquisición de algún tipo de material escolar en lugares en específico


Con la reforma aprobada hoy de manera unánime, por los diputados integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso local, a la Ley de Educación; las instituciones de educación básica y media superior ya no podrán exigir la compra de algún enser u objeto de enseñanza en un establecimiento específico, y tampoco podrán exigir la portación de alguna marca determinada o  calidad especifica.
 
Así mismo, la Comisión de Educación y Cultura, consideró necesario realizar una reforma a la fracción  XV, del artículo 116, para que no sea condicionada la inscripción, asistencia y aplicación de evaluaciones o exámenes por no poder cumplir con alguna de las aportaciones acordadas por las asociaciones de padres de familia.
 
Por otra parte, se exhortó también a la autoridad educativa, para que de manera permanente se publicite en los centros educativos la información necesaria para que acudan a los respectivos centros de atención a padres de familia, para que la comunidad escolar conozca la existencia, funciones y ubicación de las Unidades de Atención a Padres de Familia.
 
Lo anterior, para quienes consideren que han sido vulnerados sus derechos, los de sus hijos, hijas o pupilos, por la actuación del personal que labora en los centros educativos públicos o privados.
 
Fue la Comisión de Educación y Cultura, la encargada de dictaminar la iniciativa que dio origen a esta reforma, para lo cual, fueron leídos el Decreto y el Acuerdo por su Presidente, Diputado Gustavo Martínez Aguirre.

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