Con la reforma aprobada hoy de manera unánime, por los diputados integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso local, a la Ley de Educación; las instituciones de educación básica y media superior ya no podrán exigir la compra de algún enser u objeto de enseñanza en un establecimiento específico, y tampoco podrán exigir la portación de alguna marca determinada o calidad especifica.
Así mismo, la Comisión de Educación y Cultura, consideró necesario realizar una reforma a la fracción XV, del artículo 116, para que no sea condicionada la inscripción, asistencia y aplicación de evaluaciones o exámenes por no poder cumplir con alguna de las aportaciones acordadas por las asociaciones de padres de familia.
Por otra parte, se exhortó también a la autoridad educativa, para que de manera permanente se publicite en los centros educativos la información necesaria para que acudan a los respectivos centros de atención a padres de familia, para que la comunidad escolar conozca la existencia, funciones y ubicación de las Unidades de Atención a Padres de Familia.
Lo anterior, para quienes consideren que han sido vulnerados sus derechos, los de sus hijos, hijas o pupilos, por la actuación del personal que labora en los centros educativos públicos o privados.
Fue la Comisión de Educación y Cultura, la encargada de dictaminar la iniciativa que dio origen a esta reforma, para lo cual, fueron leídos el Decreto y el Acuerdo por su Presidente, Diputado Gustavo Martínez Aguirre.
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