Pide Congreso investigar al titular de la Residencia de la Procuraduría Agraria de Juárez


·         Igual piden, de ser posible, sancionar al titular de la Residencia de la Procuraduría Agraria de Juárez.

A través de una iniciativa de Acuerdo presentada por el Diputado Fernando Rodríguez Giner, el Congreso del Estado exhortó a la Secretaría de la Función Pública, realice una investigación relativa a las irregularidades y faltas administrativas de Carlos Socorro Zubirán Vázquez, Jefe de Residencia de la Procuraduría Agraria, en la Unidad Administrativa, ubicada en ciudad Juárez, a razón de las manifiestas quejas de los propietarios de tierras del Ejido San Agustín, de dicho municipio, y en su caso proceda a la aplicación de las sanciones correspondientes.

La propuesta del Diputado Rodríguez Giner, se encuentra sustentada bajo los siguientes antecedentes:

·           Con fecha 21 de octubre del año en curso, fue aprobado  de manera unánime por el H. Congreso del Estado, el Acuerdo No. 179/2014 I P.O., por medio del cual se solicitó realizar un atento llamado a la Delegación de la Procuraduría Agraria en el Estado de Chihuahua, para que llevara a cabo una investigación relativa a posibles ventas irregulares de predios e informara, en su caso, al Ministerio Público los resultados de dicha investigación. Así mismo, se hiciera del conocimiento de la Dirección General de Desarrollo Urbano del Municipio de Juárez, para que verificara, si fuera el caso, que las ventas de los predios en cuestión cumplieran con lo establecido en el Plan Rector de Desarrollo Urbano del citado Municipio. A la fecha no se ha recibido respuesta alguna.

·           Atendiendo a los tintes mercantiles que empezaron a adquirir los predios,  particularmente de dicho Ejido, e impedir que continúen presentándose irregularidades y abusos contra los ejidatarios, se propone solicitar la investigación particular del servidor público a cargo de los predios comprendidos en dicho núcleo poblacional, con sustento en las quejas manifiestas por los ejidatarios, quienes aseguran tener pruebas de las irregularidades observadas específicamente respecto al desempeño de los trabajos del C. Carlos Socorro Zubirán Vázquez, Jefe de Residencia de la Procuraduría Agraria, en la Unidad Administrativa, ubicada en Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua.

·           Es de saberse que el ciudadano en mención, que asumió su actual puesto con fecha primero de Julio del año 2013, ha tenido participación en la regularización y titulación de la tenencia de la tierra, y participación en proyectos de suma importancia, atribuyéndosele incluso un destacado desempeño, al lograr ascender la Unidad Administrativa a su cargo a mejores lugares a Nivel Estatal y Nacional.


Resulta preciso aclarar que no se cuestionan los logros alcanzados antes y en el desempeño de su cargo, sin embargo, es elemental atender las diversas quejas que manifiestan los ejidatarios del núcleo poblacional señalado, y buscar una solución, pues atinadamente, la certidumbre de este sector y la estabilidad de otros ejidos, estriba también en el buen desempeño de aquellos que los representan, y en el respeto a sus derechos.

El suscrito, Luis Fernando Rodríguez Giner, en mi carácter de Diputado a la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso del Estado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 68, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Entidad, comparezco ante esta Honorable Asamblea, a presentar iniciativa con carácter de Punto de Acuerdo por medio del cual se exhorta atenta y respetuosamente a la Secretaría de la Función Pública, para que en el ámbito de sus competencias, tenga a bien llevar a cabo una investigación relativa a las irregularidades y faltas administrativas en el ejercicio del cargo del servidor público, C. Carlos Socorro Zubirán Vázquez, Jefe de Residencia de la Procuraduría Agraria, en la Unidad Administrativa, ubicada en Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua, por las manifiestas quejas de los propietarios de tierras del Ejido San Agustín, ubicado en el municipio de Juárez, Chihuahua; y en su caso proceda a la aplicación de las sanciones correspondientes. Lo anterior al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Reforma Agraria ha buscado  brindar seguridad jurídica sobre la tenencia de la tierra, impulsar el ordenamiento territorial y la regularización de la propiedad en los ejidos y comunidades, así como en la elaboración de políticas públicas que faciliten el acceso a la justicia y el desarrollo agrario integral.

Desde el año 1915, en que se dio el reparto agrario en México, surgió un gran entramado social por la tenencia de las tierras que hasta hoy día no ha sido resuelto en su totalidad, por lo cual debemos contemplar la responsabilidad de los mismos órganos de representación de quienes detentan un derecho sobre las tierras, pues así como su participación contribuye al fortalecimiento de un gran sector poblacional, puede también verse afectado cuando aquellos que están a su cargo no cumplen cabalmente con sus obligaciones.

La certidumbre del sector agrario, representa una certeza económica, patrimonial, y de bienestar social, motivo por el cual es inconcebible que en la actualidad, tengan cabida los malos manejos de servidores públicos que representan un ejido, poniendo con ello en duda el desempeño de las demás autoridades en la materia.

Con motivo de lo anterior, en fecha 21 de octubre del año en curso, fue aprobado  de manera unánime por el H. Congreso del Estado, el Acuerdo No. 179/2014 I P.O., por medio del cual se solicitó realizar un atento llamado a la Delegación de la Procuraduría Agraria en el Estado de Chihuahua, para que llevara a cabo una investigación relativa a posibles ventas irregulares de predios e informara, en su caso, al Ministerio Público los resultados de dicha investigación. Así mismo, se hiciera del conocimiento de la Dirección General de Desarrollo Urbano del Municipio de Juárez, para que verificara, si fuera el caso, que las ventas de los predios en cuestión cumplieran con lo establecido en el Plan Rector de Desarrollo Urbano del citado Municipio. A la fecha no se ha recibido respuesta alguna.

Atendiendo a los tintes mercantiles que empezaron a adquirir los predios,  particularmente de dicho Ejido, e impedir que continúen presentándose irregularidades y abusos contra los ejidatarios, se propone solicitar la investigación particular del servidor público a cargo de los predios comprendidos en dicho núcleo poblacional, con sustento en las quejas manifiestas por los ejidatarios, quienes aseguran tener pruebas de las irregularidades observadas específicamente respecto al desempeño de los trabajos del C. Carlos Socorro Zubirán Vázquez, Jefe de Residencia de la Procuraduría Agraria, en la Unidad Administrativa, ubicada en Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua.

Es de saberse que el ciudadano en mención, que asumió su actual puesto con fecha primero de Julio del año 2013, ha tenido participación en la regularización y titulación de la tenencia de la tierra, y participación en proyectos de suma importancia, atribuyéndosele incluso un destacado desempeño, al lograr ascender la Unidad Administrativa a su cargo a mejores lugares a Nivel Estatal y Nacional.

Resulta preciso aclarar que no se cuestionan los logros alcanzados antes y en el desempeño de su cargo, sin embargo, es elemental atender las diversas quejas que manifiestan los ejidatarios del núcleo poblacional señalado, y buscar una solución, pues atinadamente, la certidumbre de este sector y la estabilidad de otros ejidos, estriba también en el buen desempeño de aquellos que los representan, y en el respeto a sus derechos.

Así lo menciona el artículo 6 de la Ley Agraria, que las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal buscarán establecer las condiciones que permitan la capitalización del campo; apoyar la capacitación, organización y asociación de los productores para incrementar la productividad y mejorar la producción, la transformación y la comercialización; asesorar a los trabajadores rurales; y llevar a cabo las acciones que propicien el desarrollo social y regionalmente equilibrado del sector rural, entre otras.

Considerando que se trata de un servidor público federal, por formar parte de la Procuraduría Agraria (un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal), se entiende que queda sujeto a lo dispuesto por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, por lo cual, en el desempeño de su cargo, debe ajustarse a las obligaciones previstas por dicho ordenamiento, entre ellas, de conformidad al artículo 8, “I.- Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;”IV.- Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones que tenga conferidas..”; y “XIII.- Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función”, sean para él o para las personas relacionadas directamente al mismo por parentesco, amistad o negocios; lo anterior considerando las quejas de los ejidatarios respecto a las obligaciones que consideran incumplidas por el servidor público.

Así mismo, es de saberse que de acreditarse las faltas administrativas del C. Carlos Socorro Zubirán Vázquez, pudiera proceder la sanción de destitución del puesto, de conformidad con el artículo 13, párrafo tercero de la Ley en comento, y demás las sanciones económicas correspondientes.
En razón de lo anterior, dirigimos el presente llamado a la Secretaría de la Función Pública, dependencia del Poder Ejecutivo Federal, encargada de vigilar que los servidores públicos federales se apeguen a la legalidad durante el ejercicio de sus funciones, sancionando a los que no lo hacen de tal modo; promoviendo con ello el cumplimiento de los procesos de control y de disposiciones legales en diversas materias, para que intervenga a favor de los ejidatarios que poseen propiedades que se vieron afectadas.

Esperando abonar en la solución de los problemas del sector agrario, siendo portavoz de los que sufren directamente por los malos manejos de sus tierras, con fundamento en el artículo 99, segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, solicito que la presente iniciativa sea dictaminada con carácter de urgente y obvia resolución, por lo cual me permito someter a consideración de este H. Congreso del Estado de Chihuahua, el siguiente Proyecto de:

ACUERDO:
PRIMERO. La Sexagésima Cuarta Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, exhorta atenta y respetuosamente a la Secretaría de la Función Pública, para que en el ámbito de sus competencias, tenga a bien llevar a cabo una investigación relativa a las irregularidades y faltas administrativas en el ejercicio del cargo del servidor público, C. Carlos Socorro Zubirán Vázquez, Jefe de Residencia de la Procuraduría Agraria, en la Unidad Administrativa, ubicada en Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua, por las manifiestas quejas de los propietarios de tierras del Ejido San Agustín, ubicado en el municipio de Juárez, Chihuahua, y en su caso proceda a la aplicación de las sanciones correspondientes.
ECONÓMICO. Aprobado que sea túrnese a la Secretaría para que elabore la minuta de Acuerdo correspondiente.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil catorce.











Atentamente




Dip.  Luis Fernando Rodríguez Giner.

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