La Comisión de Educación y
Cultura, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo, somete a la consideración de este Cuerpo Colegiado el presente Dictamen, elaborado con
base en los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1.- El C. Presidente del H. Congreso del Estado en
uso de las facultades que le confiere el artículo 30, fracción IX, de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo, con fecha 31 de octubre de 2013, tuvo a bien
turnar a los integrantes de esta Comisión de Dictamen Legislativo para su
estudio, análisis y posterior elaboración del correspondiente dictamen,
Iniciativa presentada el día 29 del mismo mes y año por los Diputados
integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, con la finalidad
de:
A) Remitir Iniciativa con carácter de
Decreto ante el H. Congreso de la Unión, a efecto de reformar la fracción XVI,
del artículo 33 de la Ley General de Educación, a fin de que se designen
recursos humanos especializados adicionales a las escuelas de tiempo completo.
B) Exhortar al Gobierno Federal, a efecto
de que reconsidere la decisión de retirar los recursos humanos especializados
en educación física, inglés, manejo de tecnologías de la información y
educación artística de las escuelas de tiempo completo.
C) Adicionar una nueva fracción XIX, al
artículo 116 de la Ley Estatal de Educación, a efecto de que la autoridad
educativa estatal coadyuve a establecer escuelas de tiempo completo, conforme a
la suficiencia presupuestal y con la designación de recursos humanos
especializados adicionales.
D) Exhortar a la Secretaría de Educación,
Cultura y Deporte del Gobierno Estatal para que proponga ante la instancia
nacional, la aplicación de recursos financieros necesarios para realizar y
mantener la contratación de recursos humanos especializados en educación
física, inglés, manejo de tecnologías de la información y educación artística
en las escuelas de tiempo completo.
2.- La exposición de motivos que sustenta la Iniciativa en
comento, entre otros aspectos, señala lo siguiente:
“Ante
los cambios socio demográficos y económicos que en nuestro País impactaron
definitivamente en la estructura y organización familiar a partir de los
últimos años, la escuela es vista por
los gobiernos como una vía posible para encaminar a hacia ella los esfuerzos
institucionales que permitan enfrentar los retos que actualmente se presentan a
la sociedad moderna, relacionados con la atención a los menores en edad de
cursar la educación primaria, los cuales, ante la nueva dinámica laboral en las
ciudades o incluso en el medio rural, requieren una atención de tiempo
completo, diferente a la que ofreció el sistema educativo durante varias
décadas.
“Hacia
principios del año dos mil, por iniciativa del Ejecutivo Federal, y teniendo
como origen el modelo chihuahuense surgido en el año 1997, en Laguna de
Bustillos, en Anáhuac, que al poco tiempo se extendió en la Entidad con la
creación de los Centros Regionales de Educación Integral para ofrecer una opción
a las poblaciones rurales, concentrando en una escuela de organización completa
a pequeñas escuelas en riesgo de desaparecer, y ofreciendo además del servicio
de alimentación y transporte, una planta completa de maestros entre los cuales
se incluía educación física, educación artística, tecnologías de la información
y comunicación, y la enseñanza de una lengua extranjera, se consolidó este
esquema de atención que al poco tiempo se convirtió en un modelo educativo
exitoso a nivel nacional. Así surgió lo que a la fecha conocemos como el
Programa Escuelas de tiempo Completo, una alternativa pedagógica que prolonga
la estancia de los maestros, niños y niñas en la escuela, con la finalidad de
favorecer el desarrollo de las competencias definidas en los planes y programas
de estudio para la educación básica; y que, de acuerdo al planteamiento
original, se prepone ampliar las oportunidades de aprendizaje de los alumnos,
tanto las dedicadas al estudio de los contenidos establecidos en el currículo,
como otras asociadas con el fortalecimiento de las competencias sociales, y el
apoyo de personal docente especializado en las diversas asignaturas señaladas, así
como el mejoramiento del trabajo colegiado entre el personal docente de las
escuelas.
“Hoy,
el Gobierno Federal ha decidido que el Programa de Escuelas de Tiempo Completo,
el cual tiene operando más de una década, sea elevado a rango constitucional.
Así en la modificación realizada a propuesta del Ejecutivo Federal, publicada
en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2013, se estableció
la inclusión de varios transitorios para el debido cumplimiento de lo dispuesto
en la reforma realizada a los artículos 3º y 73; y en el inciso b de la
fracción III, del artículo quinto transitorio, se establece que el Congreso de
la Unión y las autoridades competentes deberán prever las adecuaciones al marco
jurídico para: -cito textual- “establecer en forma paulatina y conforme a la
suficiencia presupuestal, escuelas de tiempo con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias,
para aprovechar mejor el tiempo disponible para el desarrollo académico,
deportivo y cultural. La misma obligación quedó establecida recientemente al
ser modificado el artículo 33 de la Ley General de Educación para armonizarlo
con la reforma constitucional; sin embargo, no incluye la contratación de
recursos humanos especializados en el manejo de las tecnologías de la
información y comunicación, de educación física, de inglés y de educación
artística. De esta manera, en la hipótesis legal y en las acciones ejecutivas,
la autoridad educativa plantea incompletas las condiciones que permitan el
ejercicio pleno del derecho a la educación de calidad de cada individuo con
mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en
oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos, según los
establece el artículo 32 de la citada norma.
“En
el presupuesto educativo de 2013, el Gobierno Federal destino 6 mil 102
millones, 953 mil 668 pesos al Programa Escuelas de Tiempo Completo; de esta
manera, el esquema continuó operando en similares condiciones que las
establecidas desde su origen, tal y como lo plantean las mismas Reglas de
Operación emitidas mediante el Acuerdo 592, el cual define la necesidad de
reorientar la inversión hacia un modelo de escuela que amplíe las oportunidades
para el aprendizaje y el desarrollo integral de los alumnos. Esto es, si se
atendieran las reglas citadas, las cuales establecen que los recursos
financieros de carácter federal que transfiere la Secretaría de Educación
Pública para el desarrollo del Programa a las Entidades Federativas,
constituyen apoyos económicos que podrán ser aplicados, entre otras cosas, en
personal de apoyo en las escuelas participantes para la atención al horario
escolar ampliado, y en pago de apoyos económicos a directivos y docentes que
participan en las Escuelas de Tiempo Completo, este tipo de instituciones
podrían ser realmente una opción de oferta en lo que a la educación de calidad
se refiere, evitando que sean vistas solamente como centros asistenciales o de
cuidado de las y los niños porque sus padre trabajan.
“Desde
su inicio, el Programa tiene como meta el incremento en el número de este tipo
de instituciones, y una vez elevando a rango constitucional, el Gobierno
Federal, en congruencia con los propósitos que ya hemos señalado, está
proponiendo para este próximo año, duplicar la cantidad que hasta 2013 había
destinado para el efecto; así, tiene previsto que la cantidad por asignar en
2014, sea de 12 mil millones, 381 mil 528 pesos, lo cual es loable y permite el
crecimiento de la oferta, pues en Chihuahua, por ejemplo, de 219 escuelas bajo
ese programa, la cifra se incrementa a 238 más para el ciclo 2013-2014, lo cual
sumará un total de 457 escuelas de tiempo completo. Sin embargo, las
determinaciones que las autoridades educativas han tomado para este año y los
subsecuentes, no resultan congruentes con el propósito que la propia
Constitución y la Ley General señalan. En el Grupo Parlamentario del Partido
Nueva alianza observamos con preocupación que las nuevas disposiciones para el
Programa, ya no consideran la contratación de recursos humanos especializados
en tecnologías de la información e inglés, y mucho menos en educación física y
de educación artística; y que las escuelas que tienen este personal contratados
en la actualidad, ya no contará con él a partir del próximo año. Esto dista
mucho de ser la forma con la que se pretende alcanzar una educación de calidad,
o de proporcionar a los alumnos de educación primaria la formación integral que
en la hipótesis señala el artículo tercero constitucional; y también se aleja
de lo previsto en la propia Constitución y la Ley de la materia cuando nos
plantea reiteradamente la obligación de la autoridad, de proporcionar educación
con equidad.
“El
concepto de equidad incluye un valor moral o ético para que un bien o servicio
sea entregado con ciertas desigualdades, las cuales son justas cuando
benefician a los menos aventajados en la estructura social; por ello
consideramos inequitativo que la oferta que hoy contempla una aparente mejora
para Chihuahua, al abrir 238 escuelas más de Tiempo Completo, y las cuales se
ubican en los Municipios de la Cruzada Contra el Hambre, 200 de las cuales son
escuelas multigrado; esto es, escuelas con uno, dos o tres maestros solamente,
y que 85 de ellas son de educación indígena con esas características, no
reciban apoyo de personal docente adicional, especializado en áreas del
conocimiento que en la hipótesis de origen, oferta el Programa de Escuelas de
Tiempo Completo. La decisión es asignar más recursos económicos en una
compensación a los mismos docentes, uno o dos o en algunos casos tres en esas
comunidades alejadas; los que, además de ser los responsables de aprovechar el
tiempo escolar que se prolongará, tendrán que enfrentarse además a las
dificultades operativas y administrativas para acercar los alimentos a los
alumnos. Hay beneficios sin duda, los directores recibirán una compensación
adicional mensual de 4 mil 479 pesos, los maestros de grupo, de 3 mil 808
pesos, y las cocineras ganaran 3,800 pesos; los alumnos tendrán un apoyo diario
para comida de 15 pesos, y la escuela contará con 20 mil pesos al año para
mejoras y 70 mil para su operación, pero no hay docentes especializados en
educación física, en educación artística, en e inglés, ni en el manejo de las
tecnologías de la información; más aún, no hay esas tecnologías en muchas
escuelas de la región serrana de la Entidad. Con todo esto, la oferta de la
calidad educativa de acuerdo a las nuevas disposiciones del programa citado,
queda en tela de duda. Lo que sí se visualiza, es un programa asistencial, el
que detendrá más tiempo los alumnos en la escuela mientras sus padres terminan
sus labores, o en el caso que ahora abarca los municipios más pobres, alimentar
a las y los niños en la escuela con esos recursos asignados al Programa.
“Para
el Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, una Escuela de Tiempo
Completo debe ofrecer a los alumnos mayores posibilidades para su formación
integral en un contexto de equidad con calidad y en el marco de las necesidades
sociales actuales mediante el fortalecimiento del aprendizaje sobre los
contenidos curriculares, el uso didáctico de las tecnologías de la información
y la comunicación, el aprendizaje de las lenguas adicionales, del arte, la
cultura y el desarrollo físico orientado adecuadamente hacia una vida
saludable; porque para alcanzar el perfil de egreso de los alumnos y alumnas de
educación básica, la escuela, -sea de tiempo completo o no-, debe contribuir a
que las y los niños desarrollen, paulatina y sistemáticamente, competencias que
les permitan tener una vida digna, y desempeñarse eficazmente en un mundo cada
vez más complejo y cambiante; por ello consideramos necesario reformar la
fracción XVI del artículo 33 de la Ley General de Educación, además de
adicionar una nueva fracción al artículo 116 de la Ley Estatal de Educación,
considerando que ambas deben contemplar la designación de recursos humanos
especializados adicionales en las escuelas de tiempo completo, para el
desarrollo académico, deportivo y cultural, con el apoyo de las tecnologías de
la información y la comunicación.
“De
igual manera nos parece oportuno plantearle directamente al Gobierno Federal,
el hecho de que reconsidere la decisión de retirar recursos humanos
especializados en educación física, inglés, manejo de tecnologías de la
información y educación artística para el Programa Escuelas de Tiempo Completo.
Así mismo, debido a la oportunidad que establecen las Reglas de Operación del
Programa citado para que las entidades participen en la propuesta, aplicación y
difusión de las medidas de mejora pertinentes, exhortamos a que la autoridad
educativa estatal, proponga ante el Gobierno Federal, la aplicación de los
recursos financieros necesarios para realizar y mantener la contratación de
recursos humanos especializados en educación física, inglés, manejo de
tecnologías de la información y educación artística, en las Escuelas de Tiempo
Completo que iniciarán operaciones en este ciclo escolar y los subsecuentes, lo
que favorecerá sin lugar a dudas, la prestación de un servicio educativo más
calificado.”
Al entrar al análisis de la Iniciativa en comento, la Comisión de Educación y Cultura, formula las siguientes:
C O N S I D E R A C I O N
E S
I.- Esta Representación Popular es competente para conocer y
resolver sobre la Iniciativa de referencia, de conformidad con lo que disponen
los Artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado; 43, 46 y 59 de la
Ley Orgánica del Poder Legislativo.
II.- Como
bien señalan los Iniciadores, las escuelas de tiempo completo tuvieron uno de
sus pilares más importantes en la Entidad a partir de la creación de los Centro
Regionales de Educación Integral (CREI), que desde sus orígenes tuvieron como
objetivo que los alumnos de comunidades rurales alejadas de la infraestructura
necesaria pudieran acceder a una educación integral.
Estos Centros surgen a partir del Plan
Estatal de Educación 1999-2004, así como del Programa Oficial del Sistema
Educativo Nacional, con las estrategias y herramientas necesarias para su
creación, destacando como características principales:
a)
La
ampliación y modificación de centros educativos a fin de asegurar espacios para
impartir clases de inglés, computación y educación artística, así como con
infraestructura para operar comedores.
b)
Docentes
con el perfil profesional adecuado para la impartición de clases.
c)
Contar con un transporte escolar
gratuito para todas las comunidades.
d)
Brindar
alimentación gratuita a los alumnos, con gastos compartidos entre los tres órdenes
de gobierno y el servicio a cargo de los padres de familia.
El proyecto se originó estimando a
dicho modelo como el ideal para ofrecer a este sector de la sociedad un
servicio educativo de calidad e integral, dando como resultado apoyos
estratégicos y continuidad por los participantes en la búsqueda de una mejor
educación.
Como en todos los proyectos
educativos, su programación y planeación fue realizada bajo la premisa ideal de
funcionalidad y mejora, por lo que se sigue buscando que esta modalidad
educativa cuente con maestros mejor capacitados, instalaciones y servicios adecuados
al objeto principal, es decir, brindar calidad educativa.
La idea fundamental fue que los CREI
mejorarían las condiciones de vida y la satisfacción de las necesidades de las
niñas y niños de los contextos menos favorecidos, como son el rural, indígena y
urbano marginado, a través de una mayor inversión de recursos económicos para
estos Centros, ofertando junto con las materias ya establecidas en la currícula
nacional, las asignaturas de inglés, computación, artísticas y el servicio de
comedor, modificando para esto el horario escolar, quedando generalmente de las
8:00 de la mañana a las 15:00 horas.
Con el esquema anterior se pensó en
lograr avances significativos para dar cumplimiento a lo preceptuado por el
segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en el sentido de garantizar la calidad en la educación
obligatoria, en aras de lograr el máximo aprendizaje de los educandos.
III.-
Ahora bien, por lo
que toca al orden federal debemos señalar que desde la pasada administración se
implementó el Programa Nacional de
Escuelas de Tiempo Completo, con el principal objetivo de generar las
condiciones institucionales adecuadas para fortalecer en los alumnos el logro
de los aprendizajes y el desarrollo de competencias educativas, partiendo de la
premisa de que “la
educación, para ser completa, debe abordar, junto con las
habilidades para aprender,
aplicar y
desarrollar conocimientos, el
aprecio por los valores éticos,
el civismo, la historia, el arte y la cultura, los
idiomas y la práctica
del deporte”, según se estableció en las Bases para la Implementación del Programa
Nacional de Escuelas de Tiempo Completo.
De acuerdo
con dicho documento emitido por la autoridad educativa federal, con este programa
se pretendió promover una formación integradora de los valores humanos que
permitiera a los alumnos el aprendizaje y desarrollo de habilidades, al
implementarse un horario de clases más extenso en las escuelas participantes, favoreciendo
el uso efectivo del tiempo para reforzar y ampliar las oportunidades de
aprendizaje de los contenidos curriculares y de otros campos formativos.
Desde su origen el programa se
concibió para desarrollarse en dos etapas, la primera de arranque y la segunda
de expansión. En ambas, uno de los ejes fundamentales fue definir la estrategia
que permitiera la generación de contextos de aprendizaje diversos y flexibles,
así como las acciones de capacitación y actualización para identificar y
resolver situaciones en aras de mejorar la práctica docente.
Dentro de los objetivos del aludido
programa, destacaban los siguientes:
a)
Ampliar
el tiempo destinado en la escuela a la aplicación del currículo e incorporar de
manera complementaria otros campos formativos para favorecer el desarrollo
integral de los alumnos.
b)
Favorecer en los alumnos las habilidades y capacidades para el uso de nuevas
tecnologías de la información y la comunicación, como recurso de apoyo al logro
de
los aprendizajes.
c)
Promover el desarrollo de las competencias comunicativas de los estudiantes, a
través
del aprendizaje de una segunda lengua.
d)
Diversificar los apoyos para el logro de los aprendizajes en el aula y fuera de ella,
tales como recursos digitales interactivos, visitas guiadas
a espacios de
interés natural, cultural, histórico y científico, entre otros.
Para la implementación del programa de
referencia se destinaron recursos públicos que incluyeron apoyos de carácter
económico adicionales y complementarios a los programas federales y estatales
vigentes en dicha época y de ellos se podía destinar hasta el equivalente del
60% para capacitación del personal docente y directivo; un 20% para el fortalecimiento de los Equipos Técnicos
Estatales; y otro 20% para seguimiento, acompañamiento y asesoría.
Posteriormente cuando se emitieron las
Reglas de Operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo, se planteó como
misión el garantizar el derecho a una educación de calidad para todos sus
alumnos, a través de una jornada escolar más amplia y eficaz.
Lo anterior encontró sustento en el
Acuerdo 664, emitido por la Secretaría de Educación Pública Federal en fecha 19
de febrero del 2013 y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 25 de
febrero del mismo año, en donde se menciona la necesidad de “reorientar el proceso, redireccionar la
inversión hacia un modelo de escuela que amplíe las oportunidades para el
aprendizaje y el desarrollo integral de los alumnos",
lo cual forma parte
del proceso para encontrar la mejor forma de operar esta opción educativa.
En dicho documento, se incorporaron
una serie de modificaciones al modelo anterior, específicamente en el punto
4.3.1., denominado: “Tipos de apoyo”, donde se precisan los conceptos para la
aplicación de los apoyos financieros transferidos por el Gobierno Federal a las
Entidades Federativas.
Es así que encontramos entre los
apoyos de tipo financiero, específicamente en el inciso f), que una
parte de los recursos económicos se podían destinar a la adquisición de
material didáctico y equipo informático para uso educativo de los alumnos en
las escuelas participantes; así mismo en el inciso h) de dicho apartado, se señaló la
posibilidad de destinar otra parte para personal de apoyo en las escuelas
participantes, para la atención al horario escolar ampliado.
Otro de los rubros en los que se
podían destinar hasta el 50% de los recursos, fue para el pago de apoyos
económicos a directivos y docentes de las Escuelas de Tiempo Completo, que
consistió en una compensación a su salario regular de $2,200.00 (dos mil
doscientos pesos 00/100 M.N.) para docentes, $3,050.00 (tres mil cincuenta
pesos 00/100 M.N.) para directivos de las escuelas participantes, así como
$960.00 (novecientos sesenta pesos 00/100 M.N.) para personal de apoyo, es
decir, personal de intendencia y secretarial que cubría la ampliación de tiempo
escolar.
Por otro lado, debemos señalar que en las Reglas
de Operación para las Escuelas de Tiempo Completo que tendrán vigencia durante
el año 2014, emitidas el pasado 18 de diciembre del 2013 por la Secretaría de
Educación Pública, bajo el Acuerdo 704 y publicadas en el Diario Oficial de la
Federación el 26 de diciembre del 2013, se establece un cambio más al esquema que
se tenía, es decir, se ha
dado un paso en su evolución como una opción más de lograr la calidad
educativa, principalmente en los sectores de la población económicamente más
vulnerable.
Como parte del modelo educativo que
hoy se opera, podemos mencionar los siguientes cambios:
a)
En
cuanto a la población que atenderá, por razones de equidad y justicia social, de acuerdo con lo dispuesto en el
numeral 3.2 de las referidas reglas de operación, tenemos que las nuevas
incorporaciones darán prioridad a las escuelas que se encuentran ubicadas en
municipios y localidades donde opera el Programa Nacional para la Prevención
Social de la Violencia y la Delincuencia y en la Cruzada Nacional contra el
Hambre, o bien cuya población se encuentre en situación vulnerable o en
contextos de riesgo social, al igual que cuando presenten altos índices de
deserción escolar.
b)
Por
lo que respecta a los apoyos financieros, en el numeral 3.4 del referido documento,
se plantea un incremento al porcentaje que se destina para el
pago de apoyo económico a directivos, docentes y personal de apoyo, siendo del 61%, lo cual permite a su vez un
incremento en la compensación mensual que recibe el personal académico en la
siguiente medida: docentes, $3,800.00 (Tres mil ochocientos pesos 00/100 MN),
directivos, $4,480.00 (Cuatro mil cuatrocientos ochenta pesos 00/100MN) .
c)
Por
otro lado, en el mismo numeral referente a los apoyos, se establece
expresamente que no se podrán destinar recursos financieros para la
adquisición de equipo de cómputo, pues como parte de la autonomía de gestión
que se refuerza con la reforma constitucional en materia educativa de fecha 26
de febrero de 2013, los directivos de los planteles escolares pueden concursar
y acceder a diversos programas que para dicho objetivo existen dentro de la
propia Secretaría de Educación Pública o bien en otros órdenes de gobierno,
además de que existe la posibilidad de que se implementen, en un momento dado, diversos mecanismos para
allegar a las escuelas de estas herramientas para la calidad educativa deseada.
No debe pasar desapercibida la
existencia de los Lineamientos para la
Organización y Funcionamiento de las Escuelas de Tiempo Completo, que
señala las líneas de trabajo específicas para el nuevo modelo educativo, específicamente
las siguientes:
• Lectura y Escritura.
• Desafíos Matemáticos.
• Arte y Cultura.
• Actividades Didácticas
con apoyo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).
• En educación indígena,
además incluye la línea lectura y escritura en lengua indígena.
Otro punto del documento citado en
líneas precedentes y que llama la atención, es el numeral 16 de dichos
lineamientos, que señala categóricamente que durante la semana escolar se
tratarán todas las Líneas de Trabajo Educativo, desarrollándose diariamente dos
de ellas en sesiones de treinta minutos cada una, especificando un mínimo por
semana de cuatro sesiones para desafíos matemáticos, otras cuatro para lectura
y escritura y dos para arte y cultura.
Por lo que toca a la línea que
comprende actividades didácticas con apoyo de las Tecnologías de la Información
y Comunicación (TIC), especifica que se abordará durante el desarrollo de los
contenidos de los programas de las asignaturas y del resto de las líneas de
trabajo educativo, por lo que no se define una carga horaria específica, a
diferencia de lo que acontece con las primeras tres líneas de trabajo
referenciadas.
Su intención es proponer situaciones
de aprendizaje en las que los alumnos desarrollen habilidades de pensamiento,
utilizando herramientas digitales y multimedia al estudiar los contenidos de
los programas de las asignaturas, lo que se realizará de acuerdo con la
disponibilidad de recursos y la infraestructura del plantel.
Incluso se debe señalar que en aras de
consolidar lo antes referido, la Secretaría de Educación Pública y el Sindicato
Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), implementaron el denominado Programa
de Apoyo de Tecnologías Educativas y de la Información, con el cual se dota
gratuitamente a los docentes de una computadora portátil, con la paquetería o
software necesario y el servicio de conectividad a internet por seis meses, con
el afán de potenciar su capacidad académica a favor de la formación del
alumnado.
Por la importancia que reviste, obligada
mención requiere el numeral 18 de los Lineamientos para la Organización y el
Funcionamiento de las Escuelas de Tiempo Completo con vigencia para el ciclo
escolar 2013 – 2014, pues en él se señala que los docentes frente a grupo, en
el tiempo que son atendidos por los maestros de educación física, segunda
lengua o educación artística, deberán utilizar el tiempo disponible para
realizar actividades de planificación, evaluación y atención a las familias de
los alumnos, preferentemente con la colaboración de otros profesores cuando se
cuente con el personal necesario.
Cuando se expone en los Lineamientos lo
relativo a la línea de trabajo en arte y cultura, se señala que el docente es
quien debe proponer actividades artísticas que permitan a los alumnos descubrir
y experimentar diversas manifestaciones del arte con base en lo que les
interese apreciar, expresar, comprender y comunicar, lo cual da opción al uso
de uno o varios lenguajes artísticos, tomando en cuenta la cultura propia y el
lugar donde viven, es decir, su propio entorno, dándole a la actividad un
verdadero enfoque intercultural.
Además de estas disposiciones que regulan
el nuevo modelo educativo para las escuelas de tiempo completo, actualmente también
se encuentra en operación el Programa Nacional de Inglés en Educación Básica,
que pretende capacitar a los docentes en activo en la enseñanza de dicho
idioma, mientras que egresan de las escuelas normales los docentes en cuyo
currículum educativo ya se encuentra incorporada esta asignatura.
Aunado a esto, se encuentra además el
Acuerdo número 706 de la Secretaría de Educación Pública, mediante el que se
emitieron las Reglas de Operación del
Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2013, que entre sus
propósitos se encuentra el de reconstruir la capacidad de las escuelas para
definir sus propias estrategias en un marco de corresponsabilidad, de
seguimiento y asistencia técnica especializada.
Por tal motivo dicho programa integra
una serie de componentes cuya finalidad es apoyar a las Entidades Federativas,
escuelas y personal docente en la construcción de condiciones que permitan
mejorar el logro educativo del alumnado de educación básica, con énfasis en la
lectura, escritura y las matemáticas.
Los supracitados componentes se
traducen en cuatro tipos de apoyos específicos a saber:
a)
Materiales
educativos complementarios, recursos y estrategias.
b)
Apoyo
para el desarrollo curricular.
c)
Instrumentación
de una segunda lengua (inglés) en escuelas públicas de educación básica.
d)
Esquema
de financiamiento de proyectos locales que resulten congruentes con el objetivo
del programa.
Ahora bien, entre las características
de los apoyos se encuentran los de tipo financiero para los procesos de estudio
del idioma inglés como segunda lengua; para tal efecto se establece que la
Subsecretaría de Educación Básica del Gobierno Federal, ofrecerá los contenidos
y materiales básicos para los supracitados procesos, especificándose en forma
expresa que apoyará a las autoridades educativas de los Estados con el pago de
asesores externos para tal fin.
Con lo anterior queda claro que la
operatividad de las escuelas de tiempo completo, como modelo educativo, se
encuentran en evolución, pues año con año va surgiendo la necesidad de adaptaciones
a las nuevas necesidades sociales, económicas y políticas nacionales.
En el modelo aplicado en el 2013, las
actividades relativas al uso de las tecnologías de la información, arte,
cultura y el uso de una segunda lengua, se contemplaban como actividades
complementarias a las asignaturas regulares; para el 2014, se está
implementando un modelo integracionista, es decir, los conocimientos en estas
áreas deben ser parte de las herramientas que se utilicen para el desarrollo de
las competencias educativas que han de desarrollarse tanto por el alumno, como
por el docente.
En consecuencia, del análisis
realizado con base en las diversas Reglas de Operación de los programas
referidos, así como de los Lineamientos para la Organización y el
Funcionamiento de las Escuelas de Tiempo Completo, se puede arribar a la
conclusión de que lo solicitado trasciende del ámbito estatal y por ende
compete al orden federal su conocimiento, nos referimos específicamente a la
incorporación de una nueva fracción XIX, al artículo 116 de la Ley Estatal de
Educación, a fin de establecer la obligación para la autoridad educativa
estatal de coadyuvar al establecimiento paulatino de escuelas de tiempo
completo, mediante la asignación de recursos humanos especializados adicionales
al personal docente regular, para el desarrollo académico, deportivo y cultural
de los alumnos, con el apoyo de las tecnologías de la información y
comunicación.
Lo anterior al tomar en consideración
que el nuevo modelo educativo que se desarrolla, se encuentra encaminado a que
sea el docente frente a grupo quien mediante estrategias didácticas desarrolle
en los estudiantes las áreas o asignaturas que en el modelo anterior poseían la
característica se ser complementarias.
De tal suerte que lo procedente será,
tal y como lo solicitan los precursores, presentar ante el Honorable Congreso
de la Unión, la Iniciativa correspondiente para que se analice la posibilidad
de reformar la fracción XVI, del artículo 33, de la Ley General de Educación, a
fin de incorporar en forma expresa que en el establecimiento de las escuelas de
tiempo completo, deberá preverse la designación de recursos humanos
especializados adicionales a los existentes para el desarrollo académico, deportivo
y cultural del alumnado, agregando además que será con el apoyo de las tecnologías
de la información y comunicación.
Por lo anteriormente expuesto, con
fundamento en lo dispuesto por los Artículos 57 y 58 de la Constitución
Política del Estado y 43, 46
y 59 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la Comisión de Educación y
Cultura,
somete a la consideración del Pleno el presente dictamen con el carácter de
ACUERDO:
PRIMERO.- La Sexagésima Cuarta Legislatura del
Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, formula Iniciativa de Decreto ante
el Honorable Congreso de la Unión, mediante la cual propone reformar la
fracción XVI del artículo 33 de la Ley General de Educación, para quedar
redactada en los siguientes términos:
ARTÍCULO
ÚNICO.- Se reforma la
fracción XVI del artículo 33 de la Ley General de Educación, para quedar
redactada de la siguiente manera:
Artículo
33.- ………………………
I a la XV.- ………………………….
XVI.- Establecerán, de forma paulatina
y conforme a la suficiencia presupuestal, y
con la designación de recursos humanos especializados adicionales, escuelas
de tiempo completo, con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para aprovechar
mejor el tiempo disponible para el desarrollo académico, deportivo y cultural, con el apoyo de las tecnologías de la
información y la comunicación, y
XVII.- ……………………………
………………………………….
T R A N S I T O R I O
Artículo
Único.- El presente
Decreto entrará en vigor al día de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
SEGUNDO.- Remítase copia del presente Acuerdo y
del Dictamen que le dio origen, al Honorable Congreso de la Unión para los
efectos del artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese
a la Secretaría para que elabore la Minuta de Acuerdo en los términos en que corresponda.
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio del Poder Legislativo, en la
Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil catorce.
POR LA COMISIÓN de educación y
cultura
DIP. GUSTAVO MARTÍNEZ AGUIRRE
PRESIDENTE
|
|
|
La presente hoja de firmas corresponde al Dictamen que
recae a la Iniciativa presentada por los Diputados integrantes del Grupo
Parlamentario del Partido Nueva Alianza, por medio de la cual propusieron
remitir Iniciativa ante el Honorable Congreso de la Unión a efecto de
reformar la fracción XVI, del artículo 33, de la Ley General de Educación, a
fin de que se designen recursos humanos especializados adicionales para las
escuelas de tiempo completo.
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